19/08/2026
“¿Eres comerciante y vas a presentar tu declaración de renta? Atención: tu declaración podría necesitar firma de contador. Si estás obligado a llevar contabilidad y tu patrimonio o ingresos de 2025 superaron $4.979.900.000, debes incluirla. No revises únicamente los ingresos: basta con que uno de los dos valores supere el límite. Escríbenos y revisamos tu caso antes de presentar.”
La regla está contenida en el artículo 596 del Estatuto Tributario, y la omisión de la firma aparece como causal en el artículo 580 del Estatuto Tributario. Conviene no afirmar en publicidad que la declaración queda automáticamente anulada: la DIAN debe adelantar el procedimiento correspondiente.