17/02/2026
El SAT estableció plazos distintos según el tipo de empresa:
🔴 Empresas en liquidación 📅 Fecha límite: 19 de enero de 2026
👉 Deben cerrar su situación fiscal cuanto antes para concluir el proceso legal.
🟠 Personas morales sin fines de lucro 📅 Fecha límite: 16 de febrero de 2026
👉 Asociaciones civiles y fundaciones deben comprobar el cumplimiento de su objeto social.
🟢 Régimen General y RESICO 📅 Fecha límite: 31 de marzo de 2026
👉 La mayoría de las PyMES están aquí… y marzo suele saturarse.
⚠️ Ojo: dejar todo al final aumenta el riesgo de errores, omisiones y multas.
💻 La declaración ya viene “precargada”… pero no es infalible; El SAT ahora precarga información automáticamente, como:
✔️ Pagos provisionales de ISR
✔️ PTU pagada a trabajadores
✔️ Retenciones de sueldos, arrendamiento y RESICO
✔️ CFDI de devoluciones y descuentos
✔️ Pérdidas fiscales de años anteriores
✔️ Dividendos y pagos al extranjero
📌 Importante: precargado no significa correcto. Tu obligación es revisar dato por dato antes de enviar.
📩 ¿Quieres revisar tu Declaración Anual 2025 antes de enviarla?
Escríbenos y la analizamos contigo.
CP. JOSÉ RUBEN GUTIERREZ MENDOZA
+52 221 202 7134 | +52 222 930 0787