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25/03/2026

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 El SAT implementa el programa de Regularización Fiscal 2026 para fortalecer la cultura del cumplimiento y facilitar la ...
23/01/2026



El SAT implementa el programa de Regularización Fiscal 2026 para fortalecer la cultura del cumplimiento y facilitar la regularización de adeudos fiscales de:
• 👤 Personas
• 🏢 Empresas
Con ingresos de hasta 300 millones de pesos en el ejercicio fiscal 2024, conforme a la Ley de Ingresos de la Federación 2026.

Este programa permite:
✅ Disminuir hasta el 100% en multas, recargos y gastos de ejecución.
➡️ Acceder a reducciones en créditos fiscales firmes, según el supuesto aplicable.

Para más información se encuentra disponible el minisitio en:
sat.gob.mx/minisitio/Regu…

Con estas medidas, el SAT continúa impulsando una cultura de contribución voluntaria y de apoyo a las y los contribuyentes, con lo que se fortalece la recaudación en beneficio del desarrollo de la nación y de la población.

El SAT recuerda a las y los contribuyentes que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio pa...
21/01/2026

El SAT recuerda a las y los contribuyentes que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para emitir facturas electrónicas (CFDI).

De igual forma, los empleadores no deben solicitar la CSF a las personas trabajadoras para el timbrado de nómina.

Para emitir una factura, únicamente se requieren los siguientes datos fiscales:
✅ RFC
👨🏻 Nombre o razón social
📍 Código postal
💼 Régimen fiscal

Gracias por un año más de su preferencia.
24/12/2025

Gracias por un año más de su preferencia.

16/09/2025

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04/05/2025

SALDO A FAVOR DE:

2020: se solicita en 2021.
2021: se solicita en 2022.
2022: se solicita en 2023.
2023: se solicita en 2024.
2024: se solicita en 2025.

La obligación de la autoridad fiscal de devolver saldos a favor o pagos de lo indebido prescribe luego de cinco años a partir de la fecha en que pudo ser legalmente exigida.

21/01/2025

Procuraduría de la Defensa del Contribuyente
Próximo a vencer el plazo para optar por tributar en el RESICO en 2025

Las personas que van a iniciar actividades y reúnen los requisitos para tributar en Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), podrán presentar su aviso de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), dentro del mes siguiente al día de inicio de su actividad, lo cual podrá ser en cualquier momento del año.

Pero de acuerdo con un texto publicado por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), las personas físicas que en 2024 tributaron en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, o en el Régimen de Arrendamiento, y en este ejercicio fiscal 2025 quieren optar por tributar en el RESICO, deberán presentar un Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a más tardar el 31 de enero de 2025.

Además, el texto indica que si la autoridad fiscal actualizó las obligaciones fiscales del contribuyente a un régimen fiscal distinto (por no presentar la declaración anual o no contar con e.firma) y desea tributar nuevamente en RESICO, en términos del artículo Décimo Quinto Transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, también deberá presentar un Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones a más tardar el 31 de enero de 2025.

Requisitos para tributar en el resico

La Prodecon explicó que en el RESICO pueden tributar las personas físicas que lleven a cabo cualquiera de las actividades siguientes:
Actividades empresariales, incluidas las actividades primarias (agrícolas, ganaderas, pesqueras y silvícolas).
Servicios profesionales (honorarios).
Otorguen el uso o goce temporal de bienes (arrendamiento).
Lo anterior es posible siempre que los ingresos del contribuyente obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no excedan de 3.5 millones de pesos, o si va a iniciar actividades estime que no rebasará ese monto.

 El SAT informa a las y los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributari...
30/12/2024



El SAT informa a las y los contribuyentes que tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario. Incumplir con esta obligación fiscal después de esa fecha será motivo de infracción.

El Buzón Tributario es un canal de comunicación, cuyo objetivo es simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés de manera ágil y segura.

Para resolver dudas, habilitarlo por primera vez, actualizar los medios de contacto o conocer más información, se puede visitar el minisitio: http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html

✨❄️ ¡Feliz Navidad! ❄️✨En esta temporada de magia y alegría, queremos agradecerte por confiar en nosotros durante este a...
26/12/2024

✨❄️ ¡Feliz Navidad! ❄️✨

En esta temporada de magia y alegría, queremos agradecerte por confiar en nosotros durante este año. Al igual que cada copo de nieve es único, valoramos profundamente la singularidad de cada uno de ustedes, nuestros clientes.

Que esta Navidad esté llena de luz, amor y momentos inolvidables junto a tus seres queridos. Esperamos seguir siendo parte de tus proyectos y sueños en el próximo año.

¡De parte de todo nuestro equipo, te deseamos unas fiestas llenas de felicidad y prosperidad!

🎄 ¡Felices Fiestas! 🎄

16/12/2024

Servicio de Administración Tributaria
Atención: el SAT toma vacaciones a partir del 23 de diciembre de 2024

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó cuál será su periodo vacacional decembrino 2024.

Lo anterior lo hizo a través de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelanea Fiscal (RMF) para 2024 y los anexos 1, 1-A, 14, 15 y 29.

Con el documento se modificó la regla 2.1.6., para establecer que el segundo periodo general de vacaciones del SAT será del 23 al 31 de diciembre de 2024.

Es importante conocer el período vacacional decembrino del SAT, porque es un plazo que no se computa para efectos fiscales.

Es importante señalar que si un contribuyente tiene una cita programada en las fechas de vacaciones del SAT, debería acudir a ella, porque podría haber personal de guardia que atenderá a las personas que acudan a realizar algún tipo de trámite.

09/12/2024

¿Nueva acta de nacimiento y CURP biométrica para 2025?

Descubre la verdad

¿CURP biométrica y acta de nacimiento con nuevas medidas de seguridad para 2025? Conoce cómo la desinformación se ha propagado en redes y qué es lo que realmente dice el Gobierno de México sobre estos documentos oficiales.

Recientemente, distintos medios difundieron la supuesta implementación de una nueva CURP biométrica obligatoria para 2025, incluso detallando pasos para obtenerla. Sin embargo, esta información es falsa. Según un análisis de Fiscalia, este caso demuestra cómo las redes sociales facilitan la propagación de noticias imprecisas y confusas.

Otro rumor reciente asegura que a partir de 2025 entrará en vigor un “nuevo formato de acta de nacimiento” con mayores medidas de seguridad, como un código QR y firma electrónica del funcionario que la emite. Pero, de acuerdo con Fiscalia, esta afirmación es engañosa.

El formato mencionado no es nuevo; es el mismo que está en uso desde el 6 de marzo de 2017, según un comunicado oficial disponible en el portal del Gobierno de México: Conoce el nuevo formato único de la copia certificada del acta de nacimiento. Además, cualquier acta emitida antes de esa fecha sigue siendo válida.

¿Cómo obtener el acta de nacimiento?
El acta de nacimiento puede tramitarse en línea de forma sencilla, incluido el pago, a través del siguiente enlace: Acta de Nacimiento. El costo del trámite varía dependiendo del estado.

Vigencia de las actas anteriores...

Es importante tener presente que las actas expedidas antes de 2017 mantienen su validez, por lo que no es necesario realizar un trámite adicional ni preocuparse por cambios inminentes.

Dirección

Circunvalacion 287 Altos
Querétaro
76020

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