16/04/2026
📌SUNAT YA PUEDE FISCALIZAR VENTAS POR INTERNET EN TIEMPO REAL A PARTIR DEL 16.04.2026
Se ha publicado el Decreto Supremo 058-2026-EF, que modifica el Reglamento del Fedatario Fiscalizador para actualizar las facultades de control de la SUNAT frente a operaciones realizadas en entorno digital.
Esta norma permite que el fedatario fiscalizador intervenga no solo operaciones presenciales, sino también ventas o servicios concertados por página web, aplicativo, marketplace, teléfono móvil u otros medios similares, siempre que allí se concrete la operación, y documente esa actuación mediante comunicación de intervención, actas probatorias y otros documentos electrónicos depositados en el buzón electrónico del contribuyente.
Para las empresas que venden por internet, esto significa que la fiscalización ya no se limita al establecimiento físico, sino que alcanza directamente sus canales digitales de comercialización, sus flujos de cobro y sus procesos de emisión y otorgamiento de comprobantes de pago.
Así, la SUNAT podría intervenir actuando como un comprador dentro del canal digital. Por ejemplo:
El fedatario podría ingresar a la web o aplicativo de una empresa, seleccionar un producto, realizar el pedido, efectuar el pago y verificar si la empresa emitió correctamente el comprobante de pago por la operación realizada.
Si se emitió y otorgó el comprobante conforme a ley, el fedatario comunicará la intervención y dejará constancia de ello; pero si detecta que no se emitió el comprobante, que se entregó uno que no corresponde o que existe cualquier otra infracción vinculada al art. 174 del Código Tributario, levantará el acta probatoria electrónica respectiva, y posteriormente se sancionará.
Además, cuando la compra intervenida no hubiera sido consumida, la norma prevé la restitución del bien o la anulación del servicio y la devolución del importe pagado.
El principal riesgo para las empresas es que cualquier falla operativa en el canal digital puede traducirse inmediatamente en contingencias tributarias, multas y mayores exposiciones en fiscalización, especialmente cuando existen quiebres entre la venta online, la pasarela de pago, el sistema de facturación y la entrega del bien o servicio.
También hay riesgo cuando la empresa vende mediante terceros, marketplaces o plataformas administradas por operadores externos, porque la trazabilidad de la operación y la responsabilidad por la emisión del comprobante deben estar claramente definidas.
Por tanto, toda empresa que venda por internet debe revisar sus procesos de venta digital, a fin de que cada operación quede sustentada desde que se pacta.