Estudio Contable Blanco

Estudio Contable Blanco Somos un estudio contable con más de 35 años de trayectoria. Ofrecemos servicios en las areas de Impuestos,Sueldos y Sociedades.

La Cámara Comercial ratificó la obligatoriedad de estos aportes basándose en el principio de solidaridad previsional y e...
20/04/2026

La Cámara Comercial ratificó la obligatoriedad de estos aportes basándose en el principio de solidaridad previsional y estableció pautas para la morigeración de intereses

En un reciente pronunciamiento, la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó una sentencia de primera instancia que le negaba legitimación a la AFIP (ahora ARCA) para reclamar aportes previsionales impagos de un trabajador autónomo en el marco de su quiebra.

El fallo 'Jaciuk, Andrea Liliana s/ Quiebra' reafirmó que la naturaleza obligatoria y solidaria del sistema previsional faculta al organismo recaudador a perseguir estas acreencias incluso en procesos concursales.

Legitimación de la AFIP y obligatoriedad de los aportes

El tribunal basó su decisión en la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (precedente 'Scalise'), señalando que no es procedente negar la legitimación del fisco para insinuar créditos por falta de pago de aportes de trabajadores autónomos.

Según el Tribunal, el decreto 507/1993 otorga a los organismos recaudadores las atribuciones de fiscalización y ejecución judicial de los recursos de la seguridad social.

La Ley 24.241 establece que las personas humanas que ejerzan actividades lucrativas de forma habitual (no dependientes) están obligatoriamente comprendidas en el sistema y deben depositar sus aportes al SUSS.

El régimen es de reparto asistido y solidario, por lo que tanto los aportes de dependientes como de autónomos son esenciales para el financiamiento del sistema.

Valor probatorio de las liquidaciones de AFIP

Uno de los puntos clave del fallo es la ratificación de que la documentación emanada del ente recaudador - donde se determina la deuda de oficio - posee la eficacia de un instrumento público.

Esto genera una fuerte presunción legal sobre la existencia del crédito, trasladando al deudor la carga de presentar recibos o constancias que desmientan dicha deuda, algo que no ocurrió en este expediente.

El tope a los intereses y la disidencia parcial

La Cámara resolvió que el capital del crédito gozará del privilegio previsto en el art. 246 inc. 2° de la LCQ, mientras que los intereses serán tratados como quirografarios.

El acuerdo acumula un 9,4% en el primer trimestre y prevé nuevas actualizaciones en abril y mayoLa Asociación Bancaria i...
17/04/2026

El acuerdo acumula un 9,4% en el primer trimestre y prevé nuevas actualizaciones en abril y mayo

La Asociación Bancaria informó una nueva actualización salarial para marzo de 2026, que establece un incremento del 3,4% sobre los haberes de los trabajadores del sector.

Con esta suba, el salario inicial de la actividad alcanza los $2.259.305,03, consolidando uno de los pisos salariales más altos del mercado laboral formal.

El acuerdo paritario también fija el monto mínimo del Día del Bancario/a en $2.014.092,28, cifra que será ajustada conforme a futuras actualizaciones salariales.

La recomposición impacta sobre todas las remuneraciones mensuales, tanto remunerativas como no remunerativas, incluyendo adicionales convencionales y no convencionales.

De esta manera, en los primeros tres meses de 2026, los salarios bancarios acumulan una suba del 9,4% respecto de diciembre de 2025. Según destacaron desde el sindicato, el objetivo es sostener el poder adquisitivo frente al contexto inflacionario.

Asimismo, las partes acordaron continuar con el mismo mecanismo de actualización durante abril y mayo, mientras que la negociación paritaria volverá a retomarse en la segunda quincena de junio, en busca de nuevos ajustes salariales para el sector.

🔈La inflación de marzo fue del 3,4%📊EI INDEC informó que en lo que va del año, se acumuló un alza de 9,4%. Enero y febre...
16/04/2026

🔈La inflación de marzo fue del 3,4%

📊EI INDEC informó que en lo que va del año, se acumuló un alza de 9,4%. Enero y febrero habían arrojado un IPC del 2,9%.

📝Educación fue la división con mayor alza (12%). Le siguió "Transporte" con un 4,1%.

🏡Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,3%) fue la de menor variación.

La ARCA elevará, a partir del 14 de abril, a $ 5.549.862 el monto mínimo que obliga a las empresas a dar una Factura de ...
13/04/2026

La ARCA elevará, a partir del 14 de abril, a $ 5.549.862 el monto mínimo que obliga a las empresas a dar una Factura de Crédito Electrónica

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero informó, a través de portal web, que a partir del 14 de abril se elevará a $ 5.549.862 el monto mínimo que obliga a las empresas a expedir una Factura de Crédito Electrónica.

Es necesario recordar que el importe se actualiza de manera automática y una vez al año desde el 2020, respetando el momento y el porcentaje de aumento, que sobre el tope establecido para la categoría micro de la actividad de fije la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa.

Lo mencionado anteriormente se estableció en el art. 3 de la R. (SSP) 36/2019, y además dispuso que el incremento en el importe se aplicará a partir del séptimo día hábil posterior a la publicación de la medida que modifique el Anexo IV de R. (SEyPyME) 220/2019.

Cuáles son los sujetos alcanzados por el régimen?

Los emisores de facturas de crédito electrónicas serán las micro, pequeñas o medianas empresas.

También se considera MiPyMEs a aquellas compañías que se encuentran en el registro de empresas MiPyMEs y que tienen certificado vigente.

Por su parte, serán considerados como receptores de facturas de crédito electrónicas las grandes entidades, es decir, aquellas que superen los valores máximos de ventas totales anuales establecidos para las empresas medianas tramo 2, de acuerdo con la actividad principal declarada.

Además, las corporaciones que hayan solicitado la inscripción en el Registro de Empresas MiPyMEs y no se les haya extendido el certificado por superar los topes de ventas, que en ese caso podrán solicitar su inclusión en el universo de “Empresas Grandes”.

Adicionalmente existe la posibilidad de que las micro, pequeñas y medianas empresas opten voluntariamente por ser receptoras de este tipo de documento debiendo inscribirse en el 'Sistema Registral', menú 'Registro Tributario', opción 'Características y Registros Especiales'.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha oficializado los valores previsionales para el mes de abril...
09/04/2026

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ha oficializado los valores previsionales para el mes de abril de 2026.

VALORES VIGENTES DESDE ABRIL 2026 (Resolución 74/2026)

Mediante la Resolución 74/2026 publicada el 1 de abril de 2026, la ANSES actualizó los montos previsionales con un incremento del 2,90%, correspondiente a la variación del IPC de febrero de 2026.

Los valores actualizados aplican para:

Beneficios previsionales correspondientes al mes de abril de 2026.

Bases imponibles para aportes y contribuciones al SIPA, a partir del período devengado abril de 2026.

Actualización de remuneraciones de afiliados que cesaren en la actividad a partir del 31 de marzo de 2026 (o que soliciten el beneficio desde el 1 de abril de 2026).

La actualización se realiza conforme a la fórmula de movilidad establecida en el Decreto 274/2024, que establece la actualización mensual según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) nacional, en este caso, aplicando el 2,90% correspondiente a febrero de 2026.

📢 VENCIMIENTOS ABRIL !!!👉🏻 DESLIZÁ LAS IMÁGENES Y ENTERATE DE TODO
07/04/2026

📢 VENCIMIENTOS ABRIL !!!

👉🏻 DESLIZÁ LAS IMÁGENES Y ENTERATE DE TODO

El convenio prevé incrementos acumulativos sobre los básicos y pagos extraordinarios mensuales. También se fijó una inst...
06/04/2026

El convenio prevé incrementos acumulativos sobre los básicos y pagos extraordinarios mensuales. También se fijó una instancia de revisión en abril para evaluar nuevos ajustes

La Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) alcanzó un nuevo acuerdo con las cámaras empresarias del sector, que establece aumentos escalonados y sumas no remunerativas para el período marzo-mayo de 2026, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 76/75.

El entendimiento fija aumentos acumulativos sobre los salarios básicos: un 2% en marzo, un 1,9% en abril y un 1,8% en mayo. Estos porcentajes se aplican de manera progresiva sobre las remuneraciones vigentes de cada mes, impactando en todas las categorías del convenio.

En paralelo, se dispuso el pago de sumas no remunerativas mensuales durante los 3 meses, cuyos montos varían según la categoría y la zona geográfica. Estas sumas serán abonadas de forma quincenal y, si bien no integran el salario básico, estarán alcanzadas por aportes y contribuciones a la obra social.

Por otra parte, las partes resolvieron mantener una comisión de seguimiento para monitorear la evolución de las variables económicas y del sector. En ese marco, se prevé una nueva reunión en abril de 2026 para analizar la situación y definir eventuales ajustes a partir de junio.

Asimismo, se establecieron aportes extraordinarios tanto de trabajadores como de empleadores, destinados al sostenimiento de la actividad sindical y acciones asistenciales vinculadas al sector.

El refuerzo económico para jubilados y pensionados será de $70.000 a abonarse durante este mesEl Poder Ejecutivo Naciona...
30/03/2026

El refuerzo económico para jubilados y pensionados será de $70.000 a abonarse durante este mes

El Poder Ejecutivo Nacional, mediante el decreto 213/2026, oficializó el bono extraordinario previsional para jubilados y beneficiarios de ciertas pensiones no contributivas, por un monto máximo de $70.000, a abonarse en el mes de abril.

¿Quiénes pueden acceder?

Personas titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de la ANSES (otorgadas por la Ley N° 24.241, regímenes nacionales generales anteriores, regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión transferidos a la Nación).

Personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM).

Personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 o más hijos y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables, cuyo pago está a cargo de la ANSES.

Cómo se determinará el total?

Si la suma de todas las prestaciones vigentes es menor o igual al haber mínimo previsional garantizado (establecido por el artículo 125 de la Ley N° 24.241), se otorgará el bono completo de $70.000.

Si la sumatoria de todas las prestaciones vigentes es superior al haber mínimo previsional garantizado, el importe del bono se ajustará, de manera que el total de los ingresos (prestaciones más el bono) alcance la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo de $70.000.

Consideraciones importantes

Para percibir esta ayuda, los beneficios deben encontrarse vigentes en abril de 2026.

En el caso de privilegios de pensión, cualquiera sea la cantidad de copartícipes, se considerarán como un único titular a los fines del derecho a la percepción de este bono.

El mismo tiene carácter no remunerativo, lo que significa que no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.

👉🏻Con la proximidad del vencimiento para la presentación del SIRADIG Trabajador, fijado para el 31 de marzo, se intensif...
26/03/2026

👉🏻Con la proximidad del vencimiento para la presentación del SIRADIG Trabajador, fijado para el 31 de marzo, se intensifican las consultas de los contribuyentes. En esta instancia, suelen aparecer dudas vinculadas con la correcta carga de deducciones y percepciones, así como también respecto de su incidencia en el régimen de retención del impuesto a las ganancias.

En particular, uno de los puntos más consultados es qué conceptos pueden considerarse como “gastos educativos” deducibles.

Consulta frecuente: qué se puede deducir

📌¿Dentro del apartado “gastos de educación” del SIRADIG puede un empleado deducir la compra de insumos escolares o el servicio de internet, cuando se trate de hijos menores de 18 años a cargo?

El decreto reglamentario del impuesto a las ganancias, en su articulo 204.1, define de manera específica qué se consideran “herramientas con fines educativos” para efectos de la deducción prevista en el artículo 85 inciso j) de la ley de Impuesto a las ganancias.

Según esta norma, son deducibles: 

Útiles escolares (cuadernos, lápices, mochilas, cartucheras, etc.)

Guardapolvos

Uniformes

Estos conceptos encuadran como “insumos” o “herramientas con fines educativos”, por lo cual pueden ser incluidos en SIRADIG, siempre que estén destinados a hijos e hijas menores de 18 años o discapacitados sin límite de edad que sean carga de familia.

Mientras que no son deducibles:

Servicios de conectividad: internet no está incluido en la definición del articulo 204.1 y, por lo tanto, no puede cargarse como gasto de educación en SIRADIG.

Otros servicios o bienes que no tengan la naturaleza de herramienta educativa en los términos estrictos del decreto tampoco resultan computables.

Conclusión

✅Sí: compra de insumos escolares (útiles)

❌No: internet domiciliario u otros servicios de conectividad

Se recomienda conservar facturas a nombre del contribuyente y verificar que los gastos correspondan al período fiscal a informar.

Tras el último aumento, el sector mercantil espera la revisión salarial de marzo, aún sin definiciones sobre futuros inc...
25/03/2026

Tras el último aumento, el sector mercantil espera la revisión salarial de marzo, aún sin definiciones sobre futuros incrementos

Se recuerda que, mediante la Resolución (DNRyRT) 2791/2025, se homologó el último acuerdo paritario.

Hasta el momento, las cámaras empresarias (CAC, CAME y UDECA) no han cerrado nuevas paritarias con la FAECYS.

¿Qué estableció el último acuerdo?

El acta firmada el 5 de diciembre de 2025 fijó las pautas salariales para el tramo final del año y el primer trimestre de 2026.

Los puntos clave que rigen actualmente son:

1. Readecuación de la suma fija de $40.000

Se modificó el esquema de incorporación a los básicos que había sido pactado originalmente en junio de 2025: 

Postergación de incorporación: se dejó sin efecto la incorporación de los $40.000 a las escalas básicas que debía ocurrir en enero de 2026.

Mantenimiento: esta suma se mantendrá bajo carácter no remunerativo hasta el mes de marzo de 2026 inclusive. 

Extinción y pase a básico: las cuotas mensuales se extinguen con su pago, a excepción del tramo de marzo de 2026. Dicho monto final de $40.000 se incorporará a los salarios básicos en su valor nominal en el mes de abril de 2026. 

2. Nueva recomposición 

Se otorgó una única suma fija no remunerativa y no acumulativa (según Art. 6 Ley 24.241).

Al igual que la suma anterior, estas cuotas se extinguen mensualmente, pero la última paga de $60.000 (marzo 2026) se incorporará a los básicos convencionales en abril de 2026.

Cláusula de revisión

El artículo segundo del acuerdo dispone el compromiso de las partes de reunirse en marzo de 2026 con el propósito de evaluar las escalas salariales vigentes y examinar el impacto de las variaciones económicas sobre el poder adquisitivo de los trabajadores.

En virtud de esta cláusula de revisión, prevista para atender “las variaciones económicas que pudieran haber afectado a dichas escalas”, ls instancias de negociación aún no han producido resultados concretos

Por el momento, la única certeza es que cualquier ajuste futuro deberá mantener la modalidad de suma no remunerativa y no acumulativa, conforme a lo estipulado por las entidades signatarias.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el débito automático como medio de cancelación de los...
23/03/2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha el débito automático como medio de cancelación de los aportes y contribuciones a la seguridad social de este sector.

La medida, establecida mediante la Resolución General N° 5723/2025 publicada en el Boletín Oficial, alcanza a aproximadamente 450.000 empleadores que registran mensualmente sus pagos ante el organismo. El objetivo es reducir la morosidad involuntaria y facilitar la formalización del empleo doméstico.

Qué cubre el débito automático?

La nueva modalidad permite debitar en forma automática los siguientes conceptos:

Aportes y contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Cuota correspondiente a la obra social de casas particulares.

Aportes a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART).

Hasta ahora, los empleadores podían pagar mediante formulario 102/RT de forma presencial, o bien por vía electrónica con billeteras virtuales, homebanking, QR o tarjeta de crédito (previo Volante Electrónico de Pago – VEP). Sin embargo, todas estas opciones exigían realizar la gestión mes a mes.

Con el débito automático, una única adhesión asegura el pago puntual durante toda la relación laboral, evitando olvidos y retrasos.

Requisitos previos

Antes de adherir, el empleador debe asegurarse de:

Tener los datos actualizados en el Registro Especial del Personal de Casas Particulares (condición del empleado, horas semanales, etc.).

Contar con una CBU (Clave Bancaria Uniforme) a su nombre, asociada a una cuenta bancaria, o bien tener prevista la adhesión por tarjeta de crédito a través de la administradora.

Tener Clave Fiscal con nivel de seguridad suficiente para operar en el portal de ARCA

Se creará una nueva sección en el registro de agentes de salud para asegurar la continuidad de la cobertura de los peque...
20/03/2026

Se creará una nueva sección en el registro de agentes de salud para asegurar la continuidad de la cobertura de los pequeños contribuyentes cuando su prestadora sea dada de baja

A través de la Resolución 492/2026, la Superintendencia de Servicios de Salud ha dado un paso estratégico para mitigar la incertidumbre de miles de beneficiarios del régimen de Monotributo.

La medida establece la creación de una sección especial dentro del registro de entidades habilitadas para atender a pequeños contribuyentes. El objetivo es identificar de antemano qué obras sociales están dispuestas y en condiciones técnicas de absorber a los afiliados que queden 'a la deriva' tras el cierre o la liquidación de sus agentes de salud originales por situaciones de crisis.

¿Por qué es importante esta medida?

Históricamente, cuando una entidad de este tipo entra en un proceso de quiebra o baja definitiva, la reubicación de sus afiliados suele ser un proceso complejo. En el caso de los monotributistas, la situación es más sensible debido a las restricciones de elección que rigen para este sector.

Con esta resolución, la SSS busca:

Garantizar la continuidad: evitar que los pacientes pierdan tratamientos o cobertura médica durante la transición.

Previsibilidad: tener un listado depurado de 'entidades receptoras' que voluntariamente acepten a esta población.

Control de calidad: solo podrán inscribirse las instituciones de salud que estén activas, que ya operen con monotributistas y que, fundamentalmente, no estén ellas mismas en un procedimiento de crisis.

Requisitos para las obras sociales

No cualquier entidad podrá recibir a estos afiliados. Para inscribirse en esta nueva sección, deberán cumplir tres condiciones estrictas:

Estar operativas en el Sistema Nacional del Seguro de Salud

Estar previamente inscriptas en el registro específico para Monotributistas (Decreto 1/2010)

G***r de buena salud financiera (no estar sujetas a planes de crisis)

Implementación tecnológica

La resolución también instruye a la Gerencia de Sistemas de Información para que desarrolle las herramientas digitales necesarias para que este registro sea dinámico, consultable y eficiente.

Dirección

Libertador 1017
Moreno
1744

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 17:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
Viernes 09:00 - 17:00

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Estudio Contable Blanco publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Compartir

Categoría