16/11/2021
MiPymes , Monotributistas y Contribuyentes de Ganancias e IVA, este Post es para ustedes 😉😉
El Gobierno promulgó la ley de Alivio Fiscal. Perdona las deudas de mipymes, monotributistas y contribuyentes de Ganancias e IVA.
El requisito: 👇
Que deban menos de $100.000 vencidos hasta agosto pasado. En el perdón no están incluidas las deudas de obra social, las de ART ni las retenciones/percepciones realizadas y no ingresadas a la AFIP.
La condonación alcanza al capital adeudado, los intereses resarcitorios y punitorios, las multas y demás sanciones.
El alivio fiscal no comprende las deudas de aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales ni las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
Para aplicar al beneficio, se necesita al día de la fecha no registrar incumplimientos ni en la presentación de declaraciones juradas ni en los pagos de las obligaciones tributarias desde los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2018.
¿Querés saber si aplicas? Déjame acá abajo un comentario y lo vemos !