10/04/2026
Si tienes crédito hipotecario, en la Operación Renta podrías tener beneficios…
pero no son automáticos.
Por un lado está el artículo 55 bis,
que permite rebajar de la base imponible los intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria destinados a la vivienda.
En simple:
pagas impuestos sobre un monto menor.
Este se traspasa a tu F22 siempre que la institución financiera lo reporte en la DJ 1898.
Pero además, existe un beneficio adicional:
la Ley 21.631,
que permite una devolución de hasta 16 UTM durante 5 años,
por compras realizadas entre el 01 de noviembre de 2023 y el 01 de octubre de 2024. Ojo que esto debe estar en tu escritura.
Sin embargo, aquí es donde muchos se equivocan:
tener el crédito no significa que el beneficio se aplique solo.
Debes incorporar tú mismo la información en el F22, tomando en cuenta la información que la institución financiera haya reportado en la DJ1957. ( Debe estar reportado , ojo con eso )
Porque en impuestos,
el beneficio no es automático…
es técnico.
Y quien lo entiende, lo aprovecha.