IBS Administración Gestión Inmobiliaria Ltda.

IBS Administración Gestión Inmobiliaria Ltda. Empresa de Servicios de Administración de Edificios y Condominios Administramos condominios nuevos y con varios años de vida.

Aplicar mecanismos de solución conjunta con el comité de administración, mediante el trabajo en equipo y la aplicación de tecnología. Trabajamos con un software de apoyo a la Administración y de consulta para el comité de Administración y Copropietarios, de actualización en línea. Administramos condominios de casas y edificios. Administramos comunidades con gastos mensuales desde 3 millones hasta

más de 10 millones de pesos mensuales. Desde el punto de vista contable administramos condominios con gastos comunes insumidos o gastos comunes proyectados.

21/01/2025

¿Sabías que el pasado 09 de enero de 2025 entró en vigor en Reglamento de la Ley de Copropiedad 21.442?

Uno de los primeros efectos de la entrada en vigor del Reglamento de la Ley, es que comenzó a correr el plazo de un año para actualizar los reglamentos de copropiedad. Para ello, la administración del condominio tiene que redactar una propuesta, entregarlo a los copropietarios para su análisis, dando un plazo para el envío de consultas, observaciones o propuestas, para luego convocar a una sesión extraordinaria, de mayoría absoluta de la Asamblea de Copropietarios, para votar la propuesta, la que se aprueba, al menos, con el 50% + 1.

¿Qué cambios trae esta nueva ley?

Actualización del reglamento: Las comunidades tienen un plazo de un año para actualizar su Reglamento de Copropiedad y adaptarlo a las nuevas disposiciones legales esto es, hasta el 09 de enero de 2026.

Requisitos para administradores: Se establecen estándares más altos de responsabilidad para los administradores, asegurando una mejor gestión.

Protección de la convivencia: Se prohíbe la restricción de mascotas en las unidades.

Mayor participación: Ahora las asambleas pueden realizarse por videoconferencia, y se facilita la participación de todos los residentes.

Fondo Operacional Inicial: Se crea un fondo adicional para el mantenimiento inicial del condominio y se amplía el uso del Fondo de Reserva.

Nuevos quórums: Las decisiones en asambleas ahora requieren quórums ajustados, dependiendo de la naturaleza de los acuerdos.

¡No te quedes atrás! Adaptar el Reglamento de Copropiedad no solo asegura el cumplimiento de la ley, sino que también mejora la convivencia y la administración de tu condominio. Si tienes dudas, estamos aquí para ayudarte en cada paso.

¡EVITA CONFLICTOS Y SANCIONES! ACTUALIZA TU REGLAMENTO DE COPROPIEDAD¡Atención, copropietarios!  La nueva Ley de Copropi...
14/01/2025

¡EVITA CONFLICTOS Y SANCIONES! ACTUALIZA TU REGLAMENTO DE COPROPIEDAD

¡Atención, copropietarios! La nueva Ley de Copropiedad 21.442 y su Reglamento ya están aquí y tu comunidad debe adaptarse. ¡Actualiza tu Reglamento de Copropiedad! Adjuntamos una serie de links útiles para ayudar en este proceso. ¿Necesitas ayuda? Contacta a un abogado experto en Ley de Copropiedad al interior de tu comunidad o fuera de ella. ¡No lo dejes para último momento!

El Jueves 09-Ene-2025 se publicó en el diario oficial el Reglamento de la Ley de Copropiedad. Las comunidades tienen un año de plazo a contar de esa fecha para adaptar sus Reglamentos de Copropiedad, aprobarlos en Asamblea Extraordinaria y reducirlos a escritura pública.



Ley de Copropiedad (Ley 21.442) [Texto de la Ley]
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1174663

Reglamento Ley de Copropiedad [Texto del Reglamento de la Ley]
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2025/01/09/44044/01/2592269.pdf

Reglamento Tipo de Copropiedad [Texto del Reglamento Tipo de Copropiedad]
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2023/04/12/43524/01/2297549.pdf

Dario Oficial (09-Ene-2025) [Publicación del Reglamento de la Ley]
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/edicionelectronica/index.php?date=09-01-2025&edition=44044

Diario Oficial (13-Abr-2022) [Publicación Ley de Copropiedad]
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/edicionelectronica/index.php?date=13-04-2022&edition=43228

Diario Oficial (12-Abr-2023) [Publicación Reglamento Tipo de Copropiedad]
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/edicionelectronica/index.php?date=12-04-2023&edition=43524

Servicio proporcionado por la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), que contiene la información jurídico-legislativa

SE PUBLICO REGLAMENTO DE LEY DE COPROPIEDADComo lo mencionamos en un artículo de un tiempo atrás, hoy Jueves 09 de Enero...
09/01/2025

SE PUBLICO REGLAMENTO DE LEY DE COPROPIEDAD

Como lo mencionamos en un artículo de un tiempo atrás, hoy Jueves 09 de Enero de 2025, se ha publicado el Reglamento de la Ley 21.442.

Las comunidades tienen un año de plazo para realizar las modificaciones que correspondan a su Reglamento de Copropiedad, es decir, el plazo para tener escriturados los cambios se cumplirá el 09 de Enero de 2026.

Según la ley es responsabilidad del Comité de Administración el realizar los cambios que sean pertinentes al actual Reglamento de Copropiedad, gestionar su aprobación por una Asamblea de Extraordinaria de Copropietarios y gestionar la transformación a Escritura Pública del documento. (Ver Artículo Transitorio más abajo).

Aún no se tiene información de cómo la autoridad realizará en control del cumplimiento del plazo que estipula la ley y su reglamento.

Son muchas las adecuaciones que se deben realizar al Reglamento de Copropiedad en cada comunidad. Sugerimos que busque asesoría legal al interior de su condominio o en muchas organizaciones externas que ofrecen servicios relacionados. No espere hasta último momento para realizar esta responsabilidad tan importante para uncondominio y sus integrantes.

ARTÍCULO TRANSITORIO
Artículo Transitorio: De los ajustes a los reglamentos de copropiedad: Corresponderá al comité de administración de cada comunidad, revisar el reglamento de copropiedad vigente y proponer a la asamblea de copropietarios los ajustes que resulten necesarios para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 100 de la ley.

Sin tiene dudas puntuales pueden contactarnos y con gusto los orientaremos.

IBS Administración Limitada

31/12/2024
18/12/2024

APROBACION DE REGLAMENTO DE LEY DE COPROPIEDAD YA ESTA EN PROCESO

El MINVU ingresó a la Contraloría el borrador del Reglamento de la Ley de Copropiedad 21.442. Cuando este documento sea aprobado, todas las comunidades acogidas a la ley de copropiedad tendrán plazo de un año para actualizar su reglamento de copropiedad a los requisitos de la nueva ley.

Modificar el reglamento de tu condominio puede ser complicado si no cuentas con experiencia en redacción de documentos legales y no tienes un conocimiento acabado de la nueva ley de copropiedad y del Reglamento de Copropiedad de tu comunidad. En lo posible contacta a a personas especializadas que adapten tu reglamento a las necesidades de tu comunidad y a las disposiciones de la Ley N°21.442.

Por lo anterior, no esperes hasta último momento, asegura el cumplimiento y mantén tu condominio en orden para evitar contratiempos.

La responsabilidad de actualizar el Reglamento de Copropiedad de una comunidad es exclusiva de ésta y no del Administrador. De hecho deberá realizarse una asamblea extraordinaria para aprobar el nuevo documento.

Los aspectos mas relevantes que se deben incluir y considerar al actualizar tu Reglamento de Copropiedad son las siguientes:

- Facilitar los acuerdos en asambleas, simplificando los quórums necesarios requeridos.
- Autorizar la inclusión de normativas y multas en el reglamento interno del condominio.
- Permitir y autorizar cortar servicios básicos como la luz y calefacción en caso de morosidad.
- Prohibir la restricción de la tenencia de mascotas al interior de la comunidad y así mismo, regular los espacios comunes que pueden usar las mascotas.

Como copropietario es tú deber estar informado respecto de las normativas legales que te afectan por habitar y vivir en un condominio.

Una copia del borrador del Reglamento de la Ley 21.442 presentado en la Contraloría General de la República la puede encontrar haciendo clic aquí en el siguiente link.

PUBLICACION REGLAMENTO TIPO DE COPROPIEDAD LEY 21.442El pasado 12-Abr-2023 en el Diario Oficial se publicó el documento ...
12/09/2023

PUBLICACION REGLAMENTO TIPO DE COPROPIEDAD LEY 21.442

El pasado 12-Abr-2023 en el Diario Oficial se publicó el documento que es el modelo de Reglamento de Copropiedad que las comunidades deben tener para cumplir con los mínimos requisitos que exige la Ley 21.442. Se trata del reglamento Tipo de Copropiedad que contiene las normas obligatorias que permitirán a las comunidades actualizar su normativa interna a la nueva ley.

Previamente, el día 17-Mar-2023, el MINVU publicó su circular Nro. 02 cuya materia es una aclaración sobre los plazos señalados en la Ley 21.442 para la dictación y actualización de los Reglamentos de Copropiedad en los condominios. Hasta ahora el plazo es el mes de Abril de 2024. Existen multas pecuniarias si este plazo no se cumple.

Las normas de convivencia, establecidas en el reglamento, son obligatorias para toda persona copropietaria del condominio: dueños o arrendatarios. Por ejemplo, se prohíbe la venta y consumo de toda clase de dr**as y alcohol en los espacios comunes del condominio, y los ruidos que perturben la tranquilidad de los demás copropietarios u ocupantes del condominio en los días y horarios contemplados en la ordenanza municipal. Asimismo, se autoriza la tenencia de mascotas y las asambleas de copropietarios podrán ser presenciales, telemáticas o mixtas, entre otras medidas.

Le recomendamos que utilice este reglamento tipo de coporpiedad para trabajar en las modificaciones de su actual Reglamento de Copropiedad. Asimismo, le recomendamos que encargue o delegue este proceso a alguien especializado en el tema. Le adjuntamos links de interés.

Ley de Copropiedad Inmobiliaria 21.442
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1174663

Reglamento Tipo de Copropiedad
https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2023/04/12/43524/01/2297549.pdf

Circular Nro 02 MINVU 17-Mar-2023
https://www.minvu.gob.cl/wp-content/uploads/2023/03/2023.03.17-Circular-2-Plazos-para-dictacion-y-actualizacion-de-Reglamentos-de-Copropiedad.pdf

MINVU Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria
https://www.minvu.gob.cl/nueva-ley-de-copropiedad-inmobiliaria/

IBS Administración Ltda. se dedica a la administración de condominios pero, también a promover la información regulatoria entre los copropietarios y con ello, disminuir los costos de operación de las comunidades entre otros fines.

11/09/2023

SE BUSCA CONSERJE PARA TURNOS FINES DE SEMANA

Se busca personal para cargo de conserje con certificación OS10 vigente para condominio ubicado en comuna de Barnechea en Santiago. Buen ambiente de trabajo.

Interesados deben enviar CV y antecedentes al correo [email protected], indicando CONSERJE PARA BARNECHEA, número de teléfono para ser contactado y coordinar una entrevista.

IBS Administración Ltda.

06/09/2023

SE BUSCA CONSERJE PARA TURNOS ROTATIVOS

Se busca personal para cargo de conserje con certificación OS10 vigente para condominio ubicado en sector Avenida Irarrázaval / Parque Bustamante en Santiago. Buen ambiente de trabajo y a pasos de estación de Metro.

Interesados deben enviar CV y antecedentes al correo [email protected], indicando número de teléfono para ser contactado y coordinar una entrevista.

IBS Administración Ltda.

05/09/2023

CERTIFICACIONES DE SERVICIOS BASICOS - QUÉ PASA SI NO SE PERMITE EL ACCESO A UNA UNIDAD DE COPROPIEDAD

La Ley obliga a los ocupantes de las unidades de copropiedad a facilitar el acceso al interior de la unidad para realizar cualquier inspección obligatoria que la legislación vigente indique. Por ejemplo, las certificaciones de gas. Adicionalmente, recuerde que el no tener un sello verde afecta directamente las coberturas de cualquier seguro vigente en caso de siniestro.

La Ley 21.442 establece en su Artículo 41 que los copropietarios, arrendatarios u ocupantes de las unidades que compongan el condominio están obligados a facilitar la expedición de revisiones o certificaciones en el interior de las mismas, cuando hayan sido dispuestas conforme a la normativa vigente. Si no otorgaren las facilidades para efectuarlas, habiendo sido notificados por escrito por el administrador en la dirección que cada uno registre en la administración, serán sancionados conforme a lo dispuesto en el artículo 27.

La Ley faculta al Administrador a ingresar forzadamente a una unidad cuando esta, comprometa la seguridad del condominio , debiendo hacerlo acompañado de un copropietario, quien deberá levantar acta detallada de la diligencia, conforme al reglamento de esta ley, y remitirla al comité de administración para su incorporación en el libro de actas del mismo, debiendo en todo caso dejar copia del acta en el interior de la unidad. Los gastos que se originen serán de cargo del o los responsables del daño producido.

01/09/2023

ASISTENCIA A ASAMBLEAS DE COPROPIETARIOS - OBLIGACIONES DE LOS COPROPIETARIOS

La Ley de Copropiedad 21.442 otorga derechos de representación a los ocupantes de las unidades de copropiedad, que no son los copropietarios en sí, derechos de representación en asambleas solo por el hecho de ocupar habitualmente la unidad de un condominio.

La Ley en su Artículo 5° indica que todo copropietario estará obligado a asistir a las sesiones de copropietarios, sea personalmente o representado, según establezca el reglamento de copropiedad. Adicionalmente, la ley añade que si el copropietario no hiciere uso del derecho de designar representante o, habiéndolo designado, éste no asistiere, para este efecto se entenderá que acepta, por el solo ministerio de la ley, que asuma su representación el arrendatario o el ocupante a quien hubiere entregado la tenencia de su unidad, salvo que el propietario comunique al comité de administración y al administrador, en la forma que establezca el reglamento de la ley, que no otorga dicha facultad. Sin perjuicio de lo anterior, para las materias de la asamblea señaladas en el artículo 15, es decir, Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, que requieran quórum de mayoría reforzada, el arrendatario u ocupante necesitará la autorización expresa del propietario de la unidad para su representación, de acuerdo a la forma en que determine el respectivo reglamento del condominio.

29/08/2023

USO COMERCIAL DE UNIDADES DE COPROPIEDAD - LIMITACIONES Y SANCIONES

La Ley 21.442 en su TÍTULO III DEL REGLAMENTO DE COPROPIEDAD, PÁRRAFO 1° DEL OBJETO DEL REGLAMENTO, ARTÍCULO 8° indica.

"j) Resguardar, mediante las respectivas normas de convivencia y sanciones por incumplimiento, que el uso de unidades habitacionales como alojamiento temporal, hospedaje turístico, apart-hotel u otros análogos, no produzca molestias que afecten la calidad de vida de los habitantes permanentes del condominio ni afectación en el uso de los bienes y servicios comunes por parte de éstos.".

La Ley 21.442 no prohibe el uso comercial de las unidades de copropiedad de un condominio pero, si precisa que su uso puede ser regulado en el Reglamento de Copropiedad de la comunidad. Estas unidades no pueden perder su calidad de uso residencial como se registra en la DOM de la municipalidad a la que pertenece el condominio.

Dirección

LOS MILITARES 5620 OF 905 PS 9, LAS CONDES
Santiago

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 17:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
Viernes 09:00 - 17:00

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