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06/09/2026
El Estado colombiano debe mucho más de lo que tiene, principalmente por deudas que tendrá que pagar a futuro (como las p...
28/07/2026

El Estado colombiano debe mucho más de lo que tiene, principalmente por deudas que tendrá que pagar a futuro (como las pensiones de los ciudadanos y los pleitos judiciales perdidos).

Para entenderlo de forma sencilla, imagínelo con el ejemplo de una familia:

Antes: La familia tenía una casa propia, un carro y algo de dinero en el banco.
Si vendía todo y pagaba sus deudas, todavía le quedaba plata a favor (patrimonio positivo).

Ahora: La familia acumuló tantas deudas con tarjetas de crédito, préstamos y compromisos de pago para los próximos años que, si vendiera absolutamente todo lo que tiene (vías, edificios públicos, empresas), todavía quedaría debiendo 273 billones de pesos (patrimonio negativo).

¿Por qué pasó esto?
No significa que el gobierno actual se haya "robado" esa plata en efectivo o que el país esté quebrado hoy mismo. Lo que pasó es que la contabilidad del Estado ahora obliga a registrar formalmente promesas de pago muy pesadas que antes se dejaban en el papel. Al sumar esas deudas futuras (los pasivos) y ver que el gasto del día a día subió, el balance se fue a pérdida.

¿En qué nos afecta?
Aunque el Estado sigue funcionando y no va a cerrar mañana, esto le quita "capacidad de tarjeta de crédito" a Colombia. Al estar tan endeudado sobre el papel, los gobiernos del futuro tendrán mucho menos dinero disponible para invertir en obras nuevas, salud o educación, porque gran parte de los impuestos se irá directamente a pagar ese hueco.

El aumento de pensiones futuras de profesores y militares, las condenas contra el estado sin pagar y los fondos autónomos crecen más rápido que los activos de la nación

Zinnya Selene Herrera En palabras coloquiales: El Gobierno colombiano le va a poner aranceles (impuestos de importación)...
10/07/2026

Zinnya Selene Herrera
En palabras coloquiales:

El Gobierno colombiano le va a poner aranceles (impuestos de importación) a 59 productos específicos para encarecer su entrada al país. Aunque usaron tecnicismos complejos como "subpartidas susceptibles de ser gravadas", el resultado real es que esos artículos extranjeros pagarán más al ingresar. Es valioso notar el esfuerzo técnico en la explicación, pero en el día a día significa un aumento de tarifas.

La ministra de Comercio confirmó que el Gobierno identificó 59 subpartidas que podrían quedar sujetas a nuevas tarifas. La medida busca proteger a los productores locales, fortalecer la producción nacional y mitigar el impacto de las recientes alzas en las tasas de interés

🚨 ¡MÁS HORAS EXTRAS EN 2026 SIGNIFICA QUE PODRÍAS ESTAR OBLIGADO A DECLARAR RENTA! 🚨¿Ya viste cómo cambió el valor de tu...
01/07/2026

🚨 ¡MÁS HORAS EXTRAS EN 2026 SIGNIFICA QUE PODRÍAS ESTAR OBLIGADO A DECLARAR RENTA! 🚨

¿Ya viste cómo cambió el valor de tu hora de trabajo en Colombia con la nueva jornada laboral? 👇 (Mira la imagen adjunta).Al reducirse la jornada legal y subir el valor de los recargos dominicales al 90%, tu sueldo mensual pudo haber aumentado gracias a las horas extras. ¡Excelente por tu bolsillo!

💰 Pero cuidado... más ingresos acumulados te acercan peligrosamente a los topes exigidos por la DIAN para declarar renta.Si durante el año tus ingresos totales, consumos con tarjeta de crédito o consignaciones superaron los $69.718.600, ¡tienes que declarar!

Recuerda que los vencimientos para personas naturales inician este 12 de agosto.No dejes que una sanción de la DIAN se coma el dinero que ganaste con tanto esfuerzo.

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🏠 ¿Vendes un inmueble en Colombia este 2026? Evita multas y optimiza tus impuestosSi tienes planes de vender una propied...
01/07/2026

🏠 ¿Vendes un inmueble en Colombia este 2026?
Evita multas y optimiza tus impuestosSi tienes planes de vender una propiedad, la última infografía de Alegra detalla los puntos clave que debes conocer para tributar de forma correcta:

📊 Tarifa Única: Se aplica un 15% sobre la utilidad neta tanto para residentes como para no residentes.

⏳ Regla de los 2 años: Si poseíste el inmueble por menos de 2 años, tributa como renta ordinaria (hasta 39%). Si fue por más de 2 años, aplica la tarifa de ganancia ocasional.

💰 Exenciones: Puedes exonerar hasta 5.000 UVT ($261.870.000 COP en 2026) si reinviertes la utilidad en otra vivienda o en un crédito hipotecario.

⚠️ Retención y Sanciones: El notario recauda el 1% del valor total como anticipo. ¡Ojo! Subvalorar el inmueble genera sanciones del 100% del impuesto omitido.

¡Guarda esta información y planifica tu venta con tiempo! 🚀

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07/02/2026
14/01/2026

¡Buenos días, Buenaventura!
👉 ¡Bienvenido de vuelta, apreciado comerciante! Sabemos que regresaste de la playa 🏖️ y retomaste la rutina… y aquí estamos nosotros para apoyarte en el proceso👏

✅ Porque retomar no siempre es fácil, pero hacerlo acompañado sí lo cambia todo.

🫵 Renueva tu matrícula mercantil y sigue creciendo con capacitaciones, acompañamiento empresarial y oportunidades que te impulsan de verdad 😌

🫣¡Recuerda! Tienes hasta el 31 de marzo.

13/12/2025

La Resolución 227 de 2025 de la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) es la Resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria de Colombia, que compila y unifica en un solo cuerpo normativo las disposiciones vigentes en estas materias.

Puntos Clave de la Resolución 227 de 2025
Unificación Normativa:

Su propósito principal es consolidar la regulación dispersa en numerosos actos administrativos (resoluciones, circulares, etc.) emitidos por la DIAN a lo largo del tiempo, facilitando la consulta y aplicación de las normas.

Contenido:
La resolución incluye disposiciones relacionadas con:
Procedimientos tributarios, aduaneros y cambiarios.
Registro Único Tributario (RUT).
Reporte de información (información exógena).
La Unidad de Valor Tributario (UVT).

No es una Reforma:
Es importante destacar que esta resolución es un ejercicio de compilación y no introduce cambios sustanciales en la legislación existente (como lo haría una ley del Congreso); simplemente organiza lo que ya estaba vigente.
Vigencia: Entró en vigencia a partir de su publicación el 23 de septiembre de 2025, aunque algunas disposiciones, como las relativas a la cancelación del RUT por inactividad tributaria, tienen fechas de aplicación diferidas (1 de enero de 2026).
Para consultar el texto completo y detallado de la resolución, puede acceder al documento oficial de la DIAN.

Dirección

Calle 1
Buenaventura
764503

Página web

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