HH & Asociados

HH & Asociados MSc. Harold Hernández Castro, CPA, CPI, MATI
Licda. Ofrecemos y ponemos a su disposición atención especializada y personalizada.

Cindy Chavarría Brenes, Abogada y Notaria
Despacho de Contadores Públicos, Abogados y Notarios
Consultores Financieros, Servicios de Auditoría, Contables y Asesorías Legales. Nuestro despacho contable H.HERNANDEZ &Asociados está organizado para
acompañar y colaborar con el desarrollo y crecimiento de su empresa y/o emprendimiento. Contamos con la experiencia y profesionalismo que avalan y garantiz

an cada una de nuestras tareas,
brindando la eficiencia que Usted se merece, y en respuesta a la confianza que todos nuestros clientes
nos depositan. Nuestro objetivo es brindar a los clientes asesoramiento en materia impositiva, legal y contable, y todo
su apoyo técnico, contando con una actualización constante que permite contribuir al logro del éxito
de su firma y a AGREGAR VALOR A SUS TAREAS, participando de esta forma en el planeamiento
estratégico y en la toma de decisiones diarias de la misma. H.H &Asociados le brinda un total compromiso para que cada uno de sus PROBLEMAS
tributarios, contables, financieros, y administrativos encuentren SOLUCIONES ÓPTIMAS en
tiempo y forma para asegurar el camino correcto hacia el PROGRESO de su vida empresarial,
optimizando la relación COSTO-BENEFICIO. PROPUESTA: H.HERNANDEZ &Asociados llevará la Contabilidad de sus Clientes en nuestro propio
Estudio Contable, para ello recogerá o recibirá periódicamente la documentación de ingresos y
egresos, registrándola en los libros contables y/o registros computarizados, para efectos de liquidar y
preparar las declaraciones de tributos al gobierno mediante el Programa de Declaración Tribunet
(EDDI), luego entregamos bajo cargo el cálculo pertinente dentro de las dos primeras semanas del
mes siguiente a la Gerencia General o Administración para su pago ante la Administración
Tributaria. Paralelamente preparamos los Estados Financieros, elaboramos las Planillas de Pago de
sueldos y salarios y asesoramos personalmente en el campo contable, tributario y laboral a nuestros
patrocinados. Los requerimientos de información para créditos bancarios o financieros son atendidos con premura
y dedicación exclusiva a su caso. La fiscalizaciones, auditorías, requerimientos, órdenes de pago o
resoluciones de cobranza coactiva que les imponga la Hacienda Pública son atendidas directamente
por nuestra Oficina, como servicios adicionales extraordinarios y con tarifa de servicio al cliente
dependiendo de las labores a contratar.

Tome en cuenta lo siguiente con respecto a esta nueva Ley con respecto a la Reducción de Jornada de Trabajo por la decla...
24/03/2020

Tome en cuenta lo siguiente con respecto a esta nueva Ley con respecto a la Reducción de Jornada de Trabajo por la declaración de Emergencia Nacional:
1. Autorizar la reducción temporal de las jornadas de trabajo pactadas entre las partes, lo que permitirá preservar el empleo de las personas trabajadoras.
2. Aplicación para todas las relaciones de empleo privado que se rigen por la Ley 2, Código de Trabajo.
3. La persona empleadora tendrá la potestad de determinar unilateralmente los contratos de trabajo afectados por la reducción de la jornada de trabajo, sin perjuicio de las limitaciones consignadas en el artículo 6.
4. Reducir hasta en un cincuenta por ciento (50%) el número de horas de la jornada ordinaria de trabajo pactada entre las partes, disminución de (20%) de ingresos brutos.
5. Reducción caso especial (75%), disminución de sus ingresos brutos alcance o sobrepase un sesenta por ciento (60%).
6. La reducción de la jornada podrá pactarse con el sindicato o los sindicatos respectivos, en caso de existir ó en caso de que no exista Sindicato, mediante acuerdo con representantes libremente electos a través de un arreglo directo.
7. Casos en los que la reducción de la jornada sea pactada con las personas trabajadoras, a través de sus representantes sindicales o libremente electos, no se requerirá la autorización de la Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la medida se aplicará a partir de la fecha que acuerden las partes.
8. Cálculo de las prestaciones e indemnizaciones laborales establecidas en el Código de Trabajo se considerarán los salarios percibidos antes de la autorización de la reducción de la jornada.
9. La reducción de la jornada es una medida de carácter temporal, que se establecerá por un plazo hasta de tres meses, será prorrogable hasta por dos períodos iguales, en caso de que se mantengan los efectos del suceso provocador.
10. Faltas y sanciones para los empleadores que hagan caso omiso de la presente Ley al aplicar suspensión laboral.
11. Permuta de tiempo no laborado, el patrono paga jornada actualmente y el trabajador luego va pagando el tiempo posterior al restablecer la jornada ordinaria.

Abogados, Consultores y Contadores Públicos.
Licda. Cindy Chavarría, Abogada
MSc. Harold Hernández, CPA

Atención amigos, clientes, paatronos, trabajadores. Estamos a las ordenes para colaborarles en estos temas de gran impor...
24/03/2020

Atención amigos, clientes, paatronos, trabajadores. Estamos a las ordenes para colaborarles en estos temas de gran importancia ante la situación que estamos enfrentando!

Necesita ordenar su facturación Electrónica y cumplir con la nueva Ley Tributaria. Contáctenos. Completamente gratuito p...
09/07/2019

Necesita ordenar su facturación Electrónica y cumplir con la nueva Ley Tributaria. Contáctenos. Completamente gratuito para nuestros clientes con sistema NABY

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