Mocha Consultores - Asesoria y Capacitación Contable, Tributaria y Laboral

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25/06/2026

| Comunicado oficial |

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23/06/2026

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23/06/2026
23/06/2026

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📢 NUEVA RESOLUCIÓN TRIBUTARIA PARA EL SECTOR MINERO🔹 Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000021El Servicio de Rentas Interna...
23/06/2026

📢 NUEVA RESOLUCIÓN TRIBUTARIA PARA EL SECTOR MINERO

🔹 Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000021

El Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió nuevas normas para la determinación de la participación laboral atribuible al Estado en utilidades provenientes del sector minero, cuando la Administración Tributaria establezca la base imponible del Impuesto a la Renta mediante determinación presuntiva.

📌 Aspectos relevantes:
✅ Aplica a contribuyentes del sector minero sujetos a determinación presuntiva por coeficientes.
✅ Define el procedimiento para calcular la participación de trabajadores y la utilidad laboral atribuible al Estado.
✅ Establece fórmulas específicas para pequeña minería, mediana minería, gran minería y licencias de comercialización.
✅ Determina los porcentajes que corresponden al Estado y a los trabajadores según el régimen minero aplicable.
✅ Brinda mayor claridad en la aplicación de las obligaciones fiscales del sector minero.

📊 Porcentajes establecidos:
🔹 Pequeña minería: Estado 5% | Trabajadores 10%
🔹 Mediana minería: Estado 10% | Trabajadores 5%
🔹 Gran minería: Estado 12% | Trabajadores 3%
🔹 Licencias de comercialización: Estado 12% | Trabajadores 3%

⚖️ Esta normativa fortalece la seguridad jurídica y establece criterios claros para la determinación de utilidades cuando no es posible realizar una determinación directa.

22/06/2026

Adultos mayores ya no podrán solicitar devolución de IVA por gasolina, telefonía y actividades culturales

Los adultos mayores y las personas con discapacidad enfrentan cambios en el proceso de devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) durante 2026, luego de que varias categorías de gastos dejaran de estar disponibles en el sistema del Servicio de Rentas Internas para este beneficio.

Al ingresar al portal del SRI en línea, los usuarios ya no encuentran las categorías de transporte y movilidad, comunicación, cultura y deporte, que hasta 2025 podían ser utilizadas para solicitar la devolución del impuesto pagado en determinados bienes y servicios.

Con esta modificación, gastos relacionados con la carga de combustible, planes de telefonía celular, entradas a eventos culturales, actividades recreativas y algunos servicios deportivos dejaron de formar parte de los rubros habilitados para la devolución.

Solo cinco categorías permanecen vigentes

Actualmente, el sistema permite solicitar la devolución del IVA únicamente en las categorías de:

Alimentación
Salud
Vivienda
Educación
Vestimenta

De esta manera, los beneficiarios deberán limitar sus solicitudes a compras y servicios considerados de primera necesidad dentro de esos grupos.

Cuestionamientos por la eliminación de rubros

Especialistas en materia tributaria han expresado preocupación por la exclusión de categorías que anteriormente formaban parte del beneficio.

Entre los argumentos planteados se señala que muchas personas adultas mayores utilizan servicios de transporte para asistir a consultas médicas o realizar actividades cotidianas, mientras que el acceso a actividades culturales, recreativas y deportivas contribuye a mantener una mejor calidad de vida.

Asimismo, destacan que los servicios de comunicación, como la telefonía móvil, se han convertido en herramientas esenciales para la interacción y seguridad de este grupo poblacional.

SRI asegura que la normativa no ha cambiado

Frente a las inquietudes generadas, el Servicio de Rentas Internas explicó que la normativa relacionada con la devolución del IVA no ha sido modificada.

22/06/2026

Desde el 1 de junio de 2026, el Servicio de Rentas Internas dispuso que la declaración y el pago del IVA en Ecuador se realicen en un solo paso. Si el formulario arroja un valor a pagar, ese monto deberá cancelarse el mismo día de la presentación. De lo contrario, la declaración se considerará no presentada.

La medida aplica a personas naturales y sociedades con actividades gravadas con IVA, aunque excluye ciertos casos como exportadores y quienes integran el sistema de compensación fiscal. La contadora Gema Fortis recomienda coordinar con anticipación la fecha de declaración para evitar multas, intereses y la necesidad de repetir el trámite ante el SRI.

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