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17/05/2024

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Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y el fomento del empleo especializado en comercio exterior.
martes, 21 de mayo de 2024
La Junta de Extremadura, la Cámara de Comercio de Badajoz, y Extremadura Avante, organizan conjuntamente la jornada sobre “Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y el fomento del empleo especializado en comercio exterior. Decreto 14/2022 de 30 de noviembre y Decreto 59/2023 de 24 de mayo” en la que participarán los técnicos de comercio exterior del Servicio de Comercio Exterior, Mercados y Competencia que gestionan estas ayudas.

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10/05/2024

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Próximas ayudas «Kit Consulting»
Estas ayudas financiarán actuaciones relacionadas con la aplicación de la inteligencia artificial en la pequeña y mediana empresa.
El programa «Kit Consulting» estará gestionado por Red.es, entidad adscrita al Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. El objetivo es facilitar la contratación de servicios de consultoría de pequeñas y medianas empresas con una plantilla de 10 a 250 empleados y en el que, entre otros servicios, se financiarán actuaciones relacionadas con la aplicación de la inteligencia artificial en la pequeña y mediana empresa.

El bono de asesoramiento digital que obtendrá la empresa dependerá del número de empleados que tenga: 12.000, 18.000 o 24.000 euros. En concreto, las pymes que cuentan entre 10 y 49 empleados, obtendrán 12.000 euros; las organizaciones entre 50 y 99 trabajadores será de 18.000 euros y las compañías de entre 100 y menos de 250 empleados, será de 24.000 euros.

La empresa beneficiaria deberá emplear el bono concedido en uno o varios de los 10 servicios de asesoramiento que incluye el catálogo del programa. Alguno de estos servicios son la consultoría en inteligencia artificial, análisis de datos (tanto básico como avanzado), ventas digitales, procesos de negocio y producción, estrategia y rendimiento empresarial, ciberseguridad (básica, avanzada y preparación para certificación) y transformación digital.

Podrán beneficiarse de las ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

Tener el domicilio fiscal en territorio español.
Tener la consideración de pequeña o mediana empresa.
Estar inscritos en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica que desarrolla la empresa en el momento de pedir la subvención.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Asesores

Los servicios serán prestados por una serie de asesores digitales aprobados por el proyecto que serán los únicos que podrán ser contratados por las pymes que reciban los recursos. En este sentido, el plazo para formar parte del ‘Kit Consulting’ estará abierto durante toda la vigencia del proyecto.

Para optar a ser asesor digital, las empresas interesadas también deberán cumplir requerimientos: haber facturado al menos 100.000 euros en el año anterior o tener una media de ingresos en sus tres últimos ejercicios superior a ese umbral; tener su domicilio fiscal en algún país de la Unión Europea; y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

La fecha de apertura del programa «Kit Consulting» está prevista para el mes de junio.

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03/05/2024

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Vuelve Acercando Mercados
En estas jornadas de oportunidades de negocio, podrás conocer y reunirte con los representantes de las oficinas de la Red Exterior de Extremadura Avante

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19/04/2024

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🟢¡Aprovecha esta oportunidad y descubre las ayudas que pueden impulsar tu proyecto empresarial! ✨🚀

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12/04/2024

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05/04/2024

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Ruta de la Financiación
Asiste a un espacio integrado por entidades públicas y privadas que pueden financiar, de forma directa y/o indirecta, proyectos innovadores que se ejecuten en nuestra comunidad autónoma independientemente de la fase de desarrollo en la que se encuentren (Pre-seed capital, Seed capital, Early Stage, Growth Stage o Exit Stage). Todos los recursos disponibles se dan cita en este espacio donde las empresas pueden concertar reuniones, conocer las características o aclarar dudas con los agentes protagonistas.

https://cobisem.esFomento del empleo especializado en comercio exteriorEl hecho subvencionable será la celebración del c...
24/03/2024

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Fomento del empleo especializado en comercio exterior
El hecho subvencionable será la celebración del contrato, siempre y cuando responda a las siguientes condiciones y características:
a) Sea celebrado con personas que cumpliendo las condiciones específicas de subvencionabilidad establecidas en el artículo 6, además:
— Estuvieran desempleadas al día de la contratación.
— No hubieran prestado servicios en los seis meses anteriores, mediante contratos de duración determinada durante un período, continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante o
vinculadas.
b) Tenga carácter indefinido y a jornada completa.
c) Tenga un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
d) Esté encuadrado en el grupo de cotización acorde a la titulación de la persona contratada, conforme a las siguientes correspondencias:
— Ingenieros, licenciados universitarios o grados equivalentes: Grupo I.
— Ingenieros técnicos, diplomados universitarios o equivalente: Grupo II.
— Formación profesional de grado superior: Grupo III.
e) No se encuentre en algunas de las situaciones de exclusión que figuran en el artículo 7.
2. El contrato deberá haber sido celebrado antes de la presentación de la solicitud de ayuda, bien dentro del periodo de admisión de solicitudes, bien dentro de los 6 meses previos al inicio de dicho periodo.
3. El contrato celebrado deberá haber sido registrado y comunicado al Servicio Estatal de Empleo.

Obligaciones de los beneficiarios:

a) Mantener la contratación indefinida objeto de subvención durante un periodo mínimo de tres años, contados a partir de la fecha de alta del contrato en Seguridad Social, sin perjuicio de lo previsto en el apartado primero del siguiente artículo.
b) Mantener el grupo de cotización de la persona trabajadora subvencionada, durante un periodo mínimo de tres años, contados a partir de la fecha de alta, siempre que ello pudiera suponer una disminución de la base mínima de cotización.
c) Mantener la jornada laboral a tiempo completo durante un periodo mínimo de tres años,
contados a partir de la fecha de alta, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado segundo del siguiente artículo.
d) Mantener a la persona trabajadora en códigos de cuenta de cotización adscritos a la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante un periodo mínimo de tres años, contados a partir de la fecha de alta.
e) Informar a las personas trabajadoras cuyo contrato sea objeto de subvención y, en su caso, a la representación legal de las mismas, de dicha circunstancia, así como de la cofinanciación de dicha subvención por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
f) Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones solicitadas o concedidas, les sean requeridos por el órgano directivo competente en materia de comercio.
g) Comunicar en los plazos establecidos en esta norma, o en su defecto en un plazo máximo de un mes, cualquier incidencia y/o variación que pudieran afectar a los requisitos necesarios para la consecución de la subvención o al cumplimiento de las obligaciones
establecidas tanto en la presente norma como en la resolución de concesión.
h) Comunicar, en un plazo de un mes a contar desde la comunicación o publicación de su otorgamiento, la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos públicos que financien, total o parcialmente, la contratación subvencionada.

https://cobisem.esConvocatorias abiertas de ayudas LeaderAyudas gestionadas por los grupos de acción local destinadas a ...
15/03/2024

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Convocatorias abiertas de ayudas Leader
Ayudas gestionadas por los grupos de acción local destinadas a la aplicación de sus estrategias comarcales de desarrollo rural.
Estas ayudas, a fondo perdido no reintegrables de cuantía variable sobre el total de la inversión subvencionable del proyecto, son gestionadas por los grupos de acción local y están dirigidas a financiar proyectos de inversión y pueden ser solicitadas por personas físicas o jurídicas y sus agrupaciones públicas o privadas.

Son subvencionable los proyectos ubicados en las zonas de actuación de los Grupos de Acción Local y que se encuadren en el marco de la estrategia de desarrollo planteada por el Grupo de Acción Local correspondiente.

Entre los sectores empresariales beneficiarios se encuentran la industria, comercio, agroindustrias, servicios a la población (culturales, deportivas, sociales, asistenciales y de proximidad), artesanía y turismo, entre otros.

Con carácter general, para proyectos empresariales o productivos el porcentaje máximo de ayuda será del 50%, ó del 75%, en su caso, de la inversión auxiliable por proyecto hasta un máximo de 200.000 €. En el caso de los proyectos de transformación de productos agrícolas, el porcentaje máximo será del 50 %, pudiendo superar el límite de ayuda.

Dirección

Avenida Juan Carlos I, 6
Badajoz
06001

Teléfono

+34924224763

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