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ASESOR FISCAL Y TRIBUTARIO (Confección de IRPF, IVA, Alta en Hacienda, etc)

ASESORÍA JURÍDICA (Reclam./ Recursos Administrativos, Solicitudes de ayudas y prestaciones, Donaciones, Herencias, Separaciones, Divorcios, etc)

AGENTE INMOBILIARIO

✍ Como todos ya sabréis, a partir del 2 de Abril comienza la campaña para la CONFECCIÓN Y ENVIO TELEMÁTICO DE DECLARACIO...
07/03/2025

✍ Como todos ya sabréis, a partir del 2 de Abril comienza la campaña para la CONFECCIÓN Y ENVIO TELEMÁTICO DE DECLARACIONES DE LA RENTA- Ejercicio 2024.

En éste artículo, actualizado en base al artículo 96 de la Ley del IRPF, os indicamos que contribuyentes SI están obligados a declarar.

🛑 RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Y DE ACTIVIDADES ECONOMICAS

1. Menos de 15.876 € brutos anuales: No estás obligado en ningún caso, tengas los pagadores que tengas.

2. Entre 15.876 € y 22.000€

Estás obligado si tienes:

· Más de un pagador, siempre que la suma de los rendimientos del segundo y posteriores pagadores supere la cantidad de 2.500€

· Pensiones compensatorias del cónyuge ó anualidades por alimentos “no exentas”

· Cuando tu pagador no esté obligado a retener.

3. Más de 22.000€: Estás obligado, tengas los pagadores que tengas.

4. independientemente del salario, si en algún momento del año fiscal has estado de alta como autónomo ó has cobrado prestaciones por desempleo del SEPE (R.D.L. 2/2024)

🛑 RENDIMIENTOS DE CAPITAL (MOBILIARIO E INMOBILIARIO) Y GANANCIAS PATRIMONIALES

Prácticamente todos.
No están obligados a declarar los rendimientos ó ganancias de menos de 1.000 € ni las pérdidas patrimoniales de menos de 500 €.

De todos modos y como todos los años, os recuerdo que...

QUE NO ESTÉIS OBLIGADOS A REALIZARLA…
No significa que…
NO TENGÁIS DERECHO A REALIZARLA…y que os devuelvan el dinero que os han retenido todos los meses de vuestra nómina.




☎ + INFO 636 06 91 89

El domingo 29/09/2024 entrada en vigor de la nueva Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales. Ést...
03/10/2024

El domingo 29/09/2024 entrada en vigor de la nueva Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales.

Ésta normativa, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 29 de marzo de 2023, ya se está aplicando, y ya se han impuesto las primeras sanciones de hasta 200.000 euros por la venta ilegal de perros, gatos y hurones.

Las tiendas que aún no han cesado esta actividad se enfrentan a multas que oscilan entre los 50.001 y los 200.000 euros. Este cambio busca garantizar que solo los criadores registrados puedan vender estos animales, asegurando así su bienestar y condiciones sanitarias adecuadas.

La ley prohíbe tanto la venta como la exhibición de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, una práctica que hasta ahora era común en muchas ciudades españolas.

Las ventas de perros, gatos y hurones deben realizarse mediante un contrato escrito de compraventa, y los animales deben ser entregados en buen estado sanitario, con todos los tratamientos obligatorios por edad y especie.

Además, las ventas deben ser comunicadas al Registro de Animales de Compañía en un plazo de tres días hábiles. Los perros y gatos deben tener al menos dos meses de edad en el momento de la venta si esta se realiza desde el núcleo zoológico declarado como su lugar de nacimiento.

👉 AUMENTA LA EDAD LÍMITE PARA ACCEDER A LA PENSIÓN DE ORFANDAD EN 2024 👈A partir del 2024 las personas mayores de 50 año...
02/02/2024

👉 AUMENTA LA EDAD LÍMITE PARA ACCEDER A LA PENSIÓN DE ORFANDAD EN 2024 👈

A partir del 2024 las personas mayores de 50 años que pierdan a sus padres, podrán acceder a la pensión de orfandad.

Ésta pensión estaba anteriormente destinada y limitada a menores de 21 años, ó menores de 25 años si tenían alguna discapacidad ó continuaban estudiando.

Éste es un paso importante de la Seguridad Social en la protección social de los ciudadanos, pues reconoce que la pérdida de los padres puede impactar financieramente a los hijos independientemente de su edad.

🔴 Cuáles son los requisitos para que personas de 50 años puedan cobrar la pensión❓️

✅️ Haber dedicado una parte significativa de sus vidas al cuidado de los padres hasta su fallecimiento, habiendo por ello sacrificado otras oportunidades personales ó profesionales. Haber convivido con el padre ó la madre 2 años como mínimo antes de su fallecimiento.

✅️ No cobrar ninguna otra
pensión, ni contributiva ni no contributiva.

✅️ Los ingresos del solicitante no pueden superar el salario mínimo interprofesional.

✅️ El progenitor fallecido debe haber estado afiliado a la Seguridad Social, bien en situación de alta (ó asimilado el alta) bien como pensionista en el momento del fallecimiento. Además se exige un periodo mínimo de cotización de 15 años.

🔴 Cuál es el importe de la pensión❓️

El importe de la pensión corresponderá a un 20% de la base reguladora del fallecido, pudiendo aumentar mediante un complemento hasta alcanzar el mínimo.

El Supremo ha vuelto a sentenciar que la visita del perito y un informe pericial es obligatorio para conocer el estado d...
23/01/2024

El Supremo ha vuelto a sentenciar que la visita del perito y un informe pericial es obligatorio para conocer el estado de un inmueble y, por tanto su valor antes de la liquidación de algunos impuestos como por ejemplo el ITP.

Esa es la forma de conocer el estado real del inmueble, su calidad y su conservación. La sentencia del Tribunal Supremo no sólo incluye a los inmuebles ya construidos, sino también a los terrenos que todavía están por edificar.

La manera de actuar de la Administración de no comprobar inicialmentel valor de la vivienda, todavía se produce en muchos casos, teniendo el contribuyente que liquidar impuestos (ITP/ISD) y reclamar posteriormente o, recibir una comprobación posterior, por lo que se alargan los tiempos hasta conseguir la liquidación correcta.

En la sentencia del TS del 30 de octubre de 2023 se dispone que:

“Cuando se trata de la valoración del perito de la administración de una finca rústica, se precisa la visita in situ, salvo que se justifique lo contrario, no bastando que se refleje por dicho perito en su informe que se han empleado, como fuente de información, los datos contenidos en una aplicación o base informática de carácter técnico, como puede ser el Sistema de información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC) u otras semejantes, máxime cuando no existe constancia suficiente en las actuaciones de la utilización de tales aplicaciones o bases informáticas.”

Nuevo Recurso de Alzada estimado por la Junta de Andalucía contra denegación a un ciudadano de la RMISA.Han tardado 2 añ...
20/01/2024

Nuevo Recurso de Alzada estimado por la Junta de Andalucía contra denegación a un ciudadano de la RMISA.

Han tardado 2 años en responder, pero responden.

Ésta es la prueba fehaciente de que David puede vencer a Goliat utilizando 2 herramientas:
● Paciencia.👈
● Una buena estrategia utilizando los argumentos y fundamentos correctos.✌️

LA CONVERSIÓN DE TU HIPOTECA DE TIPO "VARIABLE" a "FIJO" SERÁ "GRATIS" DURANTE TODO EL 2024.Así lo comunicó la vicepresi...
19/01/2024

LA CONVERSIÓN DE TU HIPOTECA DE TIPO "VARIABLE" a "FIJO" SERÁ "GRATIS" DURANTE TODO EL 2024.

Así lo comunicó la vicepresidenta primera y ministra de Economía, Comercio y Empresa, Nadia Calviño después de su reunión con AEB, CECA y UNACC), representantes de los usuarios financieros y el Banco de España para negociar las ayudas a los deudores hipotecarios.

¿ Y cuales son las MEJORAS EN EL CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS ANTE LA SUBIDA DE TIPOS?

● Se ampliará el umbral de renta para poder acceder al Código de Buenas Prácticas para deudores en riesgo de vulnerabilidad. En concreto, este umbral aumenta de 3,5 a 4,5 veces el IPREM, lo que supone que podrán acceder hogares con una renta anual de hasta aproximadamente 38.000 €.

● Durante 2024 se suspenden todas las comisiones de amortización anticipada de créditos hipotecarios a tipo variable y la conversión de tipo fijo a variable y viceversa..

● Otras opciones de alivio hipotecario, como podrían ser:

- La congelación del tipo de interés durante 12 meses, es decir, la congelación de la cuota durante ese periodo

- La extensión del plazo de amortización de hasta 7 años

- Y para familias con renta inferior a 25.200 euros (3 veces el IPREM) se añade también la carencia de 2 años

🔴 ¿ Conoces la Tarjeta "Andalucía Junta sesentaycinco"?La Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco es un documento que pued...
15/11/2023

🔴 ¿ Conoces la Tarjeta "Andalucía Junta sesentaycinco"?

La Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco es un documento que pueden solicitar todas las personas residentes en Andalucía mayores de 65 años.

👉 Existen 2 modalidades de tarjeta:

1º) La modalidad de Tarjeta Verde.

Solo por tener más de 65 años y residir en Andalucía.

2º) La modalidad Tarjeta Oro.

Es la que se otorga a aquellas personas que, además de tener más de 65 años y residir en Andalucía, no superaron el 75% del IPREM en sus ingresos personales durante el año anterior a la solicitud de la tarjeta.

⚠️ REQUISITOS

Requisitos para ser beneficiario/a de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco:

- Tener cumplidos 65 años.

- Estar empadronado/a en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Para ser beneficiario de la Tarjeta Andalucía Junta sesentaycinco ORO:

- Cumplir las condiciones establecidas en el apartado 2.

- Tener unos ingresos personales durante el año anterior a la solicitud inferiores al 75% del IPREM.

• IPREM 2023…600 €/mes X 14 Pagas

Esta tarjeta te permite disfrutar de forma ágil y directa de prestaciones y servicios sociales como descuentos en viajes por Andalucía del 50%, bonificaciones en productos ópticos, ayudas, acceso a programas, etc.

· Servicio Andaluz de Teleasistencia a domicilio.

· Transporte interurbano: Tu billete a la mitad de precio en los viajes interurbanos que realice en autobús por Andalucía.

· Descuentos en Agencias de Viajes, Hoteles, Alojamientos Rurales y Balnearios colaboradores.

· Descuentos en Albergues de Inturjoven.

· Descuentos en Cine, teatro y espectáculos.

· Descuentos en Museos, Teatros y recintos monumentales.

· Descuentos en Parques Temáticos.

· Descuentos en Eventos deportivos, como por ejemplo fútbol y baloncesto.

· Descuentos en Supermercados y Concesionarios.

· Peluquería y Estética.

· Productos para personas mayores: Productos concebidos para facilitar la realización de las actividades diarias y aumentar la calidad de vida de las personas mayores y de sus familiares.

· Dentistas: Tratamientos de cirugía bucal, empastes, implantes, prótesis estética facial, periodoncia y endodoncia.

· Peluquería y Estética.

· Adecuación funcional de su vivienda: Solicitar una subvención para la adecuación funcional de su vivienda de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

· Otros servicios: Servicios de limpieza, colada y plancha, seguridad.

✍️ Si te interesa no dudes en contactar con nosotros y te gestionamos la documentación que debes presentar.

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15/09/2023

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¿Quieres saber si una persona figura en un fichero de morosos?En nuestro nuevo servicio te ofrecemos la misma informació...
18/05/2023

¿Quieres saber si una persona figura en un fichero de morosos?

En nuestro nuevo servicio te ofrecemos la misma información que utilizan los bancos para consultar la solvencia personal.

Ya tenemos acceso a los principales ficheros de morosidad de particulares en España...ASNEF de Equifax y BADEXCUG de Experian.

En menos de 24h.

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✍ Como todos sabréis, a partir del 11 de Abril comienza la campaña para la CONFECCIÓN Y ENVIO TELEMÁTICO DE DECLARACIONE...
02/04/2023

✍ Como todos sabréis, a partir del 11 de Abril comienza la campaña para la CONFECCIÓN Y ENVIO TELEMÁTICO DE DECLARACIONES DE LA RENTA- Ejercicio 2022.

En éste artículo, actualizado en base a ley 31/2022 de 23 de Diciembre, os indicamos que contribuyentes SI están obligados a declarar.

🛑 RENDIMIENTOS DEL TRABAJO Y DE ACTIVIDADES ECONOMICAS

1. Menos de 15.000 € brutos anuales: No estás obligado en ningún caso, tengas los pagadores que tengas.

2. Entre 15.000 € y 22.000€

Estás obligado si tienes:

· Más de un pagador, siempre que la suma de los rendimientos del segundo y posteriores pagadores supere la cantidad de 1.500€

· Pensiones compensatorias del cónyuge ó anualidades por alimentos “no exentas”

· Cuando tu pagador no esté obligado a retener.

3. Más de 22.000€: Estás obligado, tengas los pagadores que tengas.

🛑 RENDIMIENTOS DE CAPITAL (MOBILIARIO E INMOBILIARIO) Y GANANCIAS PATRIMONIALES

Prácticamente todos.
No están obligados a declarar los rendimientos ó ganancias de menos de 1.000 € ni las pérdidas patrimoniales de menos de 500 €.

De todos modos y como todos los años, os recuerdo que...

QUE NO ESTÉIS OBLIGADOS A REALIZARLA…
No significa que…
NO TENGÁIS DERECHO A REALIZARLA…y que os devuelvan el dinero que os han retenido todos los meses de vuestra nómina.




☎ + INFO 636 06 91 89

Algo que, desgraciadamente, tenemos a la orden del día últimamente.En nuestras manos está el aceptarlo ó reclamarlo.
09/01/2023

Algo que, desgraciadamente, tenemos a la orden del día últimamente.

En nuestras manos está el aceptarlo ó reclamarlo.

A partir del 15 de Febrero de 2023 volvemos a tramitar las ayudas de 200€ de la AEAT a personas con bajo nivel de ingres...
09/01/2023

A partir del 15 de Febrero de 2023 volvemos a tramitar las ayudas de 200€ de la AEAT a personas con bajo nivel de ingresos.

🟢 REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIO

• Las personas físicas ó unidad de convivencia (si hay más de 1 beneficiario) que en la fecha de entrada de vigor del presente real decreto-ley realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, o sean desempleados inscritos en la oficina de empleo.

• Que tengan residencia legal en España en la fecha actual y en el año anterior a la entrada en vigor del R.D.L. 11/2022 (26 de Junio de 2022)

• Que en 2022 hubieran percibido ingresos inferiores a 14.000 euros anuales, y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros anuales.(sin contar la vivienda habitual). Los ingresos y patrimonio se calcularán según lo dispuesto en los artículos 20.1, 20.4 y 20.5 de la Ley 19/2021.

• Que no sean perceptores del Ingreso Mínimo Vital y/ó Pensiones (tanto del Régimen General como Especial y análogas procedentes de Mutualidades de Previsión Social para trabajadores por cuenta propia)

🔴 ¿ QUE SE ENTIENDE POR UNIDAD DE CONVIVENCIA ?

Las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2023 y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación o por parentesco, hasta el tercer grado, incluido los afines, así como otras personas que convivan con las anteriores en estado de adopción o acogimiento familiar permanente.




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