10/06/2026
No tener actividad no te libra de presentar las cuentas anuales
Muchos empresarios creen que si una sociedad no ha tenido actividad durante el año no está obligada a presentar las cuentas anuales. Sin embargo, esta idea es errónea y puede dar lugar a importantes sanciones económicas.
Todas las sociedades mercantiles, incluso aquellas que no facturan, no tienen empleados o permanecen inactivas, deben formular, aprobar y depositar sus cuentas anuales mientras sigan inscritas en el Registro Mercantil.
Para las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, los administradores deben formular las cuentas antes del 31 de marzo, la Junta General debe aprobarlas antes del 30 de junio y su depósito en el Registro Mercantil debe realizarse antes del 30 de julio.
El incumplimiento de esta obligación puede tener importantes consecuencias. La primera es el cierre registral de la sociedad, que impide realizar numerosos trámites societarios, como cambios de administrador, modificaciones estatutarias o ampliaciones de capital. Además, la Ley de Sociedades de Capital prevé sanciones que pueden oscilar entre 1.200 y 60.000 euros por cada ejercicio incumplido, pudiendo ser superiores en empresas de mayor tamaño.
Aunque durante años estas sanciones se aplicaron de forma limitada, en los últimos ejercicios la Administración ha intensificado el control sobre las sociedades incumplidoras. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), organismo encargado de tramitar estos expedientes, ha reforzado la vigilancia sobre el depósito de cuentas anuales y se ha incrementado notablemente el número de sociedades sancionadas.
Por todo ello, una sociedad sin actividad sigue teniendo obligaciones mercantiles. Si la empresa ya no va a desarrollar ninguna actividad, lo más recomendable es proceder a su disolución y liquidación. En caso contrario, deberá seguir cumpliendo con todas sus obligaciones contables y registrales para evitar sanciones y problemas futuros.
En ASECON te asesoramos en todo lo relacionado con las obligaciones mercantiles de tu empresa, desde la elaboración y presentación de las cuentas anuales hasta la legalización de libros, constitución de sociedades y cumplimiento de las obligaciones fiscales y contables. Si tienes una sociedad sin actividad o dudas sobre tu situación registral, nuestro equipo puede ayudarte a evitar sanciones y mantener tu empresa al día con total tranquilidad.
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