10/01/2026
⛔ Ojo con la cancelación de CFDI
Si emitiste facturas de ingresos en 2025, este dato es clave 👇
📄 De acuerdo con el Art. 29-A del CFF, las facturas pueden cancelarse sin multa solo hasta que venza el plazo para presentar la Declaración Anual del ejercicio.
🗓 Plazos límite:
✔️ Personas morales: marzo 2026
✔️ Personas físicas: abril 2026
⚠️ Cancelar fuera de ese plazo puede generar multas del 5% al 10% del monto de cada CFDI, conforme al Art. 81 fracc. XLVI del CFF.
👉 Guárdalo y revísalo antes de presentar tu anual.
Si tienes dudas, consúltalo con tu contador a tiempo 😉