JM Company

JM Company Garantizando total precisión, transparencia, seguridad de inf. y confianza.⚖️📖

Descargué en nosotros las obligaciones fiscales, operaciones de nómina y contables, usted solo preocúpese por la operación de su negocio avance a los objetivos trazados.

SAT multará hasta por 122 mil pesos a quien pida constancia fiscal para dar una factura o pagosEl Servicio de Administra...
01/02/2026

SAT multará hasta por 122 mil pesos a quien pida constancia fiscal para dar una factura o pagos

El Servicio de Administración Tributaria dijo que no es obligatorio el pedido de la constancia de situación fiscal para que te generen facturas, recibos fiscales y pagos de nómina

Éxitos y bendiciones para todos en éste año 2026
01/01/2026

Éxitos y bendiciones para todos en éste año 2026

A nombre de JM Company Agradecemos infinitamente, por seguir confiando en nuestro trabajo y servicio, un año más dando u...
12/12/2025

A nombre de JM Company Agradecemos infinitamente, por seguir confiando en nuestro trabajo y servicio, un año más dando un pequeño presente a nuestros clientes 🥳

"Nuestra marca puede ser pequeña, pero tu apoyo y preferencia nos hacen grandes. ¡Gracias por la confianza!”🖱📝📚

¿Necesitas servicios contables y/o Fiscales?📚En JM Company, te brindamos una asesoría integral y personalizada para solu...
15/11/2025

¿Necesitas servicios contables y/o Fiscales?📚
En JM Company, te brindamos una asesoría integral y personalizada para solucionar tus problemas fiscales y prevenir futuros riesgos adaptandonos a tus necesidades. 📑📥
📊Confía en nosotros para la seguridad de tus finanzas.📈

¿Quieres ahorrarte dinero?  🤔 Tiempo ahorrado, dinero ganado con nuestras soluciones de nómina en México ⚖️💸💰*"Procesamo...
31/10/2025

¿Quieres ahorrarte dinero? 🤔 Tiempo ahorrado, dinero ganado con nuestras soluciones de nómina en México ⚖️💸💰

*"Procesamos tu nómina y tú enfócate en crecer"* libérate de preocupaciones mientras nosotros nos encargamos de la precisión y transparencia que su equipo merece. 💡🧐📊📋

Mas información:
✉️ [email protected]
📲 55 3593 1950

¿Cuentas con empleados y no sabes como calcular sus pagos?🤔 O ¿ que obligaciones tienes como patron y ellos como trabaja...
16/10/2025

¿Cuentas con empleados y no sabes como calcular sus pagos?🤔 O ¿ que obligaciones tienes como patron y ellos como trabajadores?⚖️💸💰

*"Procesamos tu nómina y tú enfócate en crecer"* libérate de preocupaciones mientras nosotros nos encargamos de la precisión y transparencia que su equipo merece. 💡🧐📊📋

Mas información:
✉️ [email protected]
📲 55 3593 1950

Obligados al envío de la DIOT en 2025 al SAT por materia del IVALa Declaración Informativa de Operaciones con Terceros D...
10/10/2025

Obligados al envío de la DIOT en 2025 al SAT por materia del IVA

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros DIOT es una obligación establecida en el artículo 32 fracción V y VIII de la Ley del Impuesto al Valor Agregado en la cual se informa:

A los contribuyentes que se les realizo retención de IVA.
La información con los proveedores respecto al pago, importe retenido, IVA trasladado, IVA acreditable, entre otros.

¿Quiénes están obligados a presentar la DIOT?
De acuerdo con el artículo 32 de la Ley del IVA los contribuyentes obligados al pago.

Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

Expedir comprobantes fiscales por las retenciones del impuesto que se efectúen en los casos previstos en el artículo 1o.-A, y proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información sobre las personas a las que les hubieren retenido el impuesto establecido en esta Ley, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.

Proporcionar mensualmente a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos electrónicos que señale el Servicio de Administración Tributaria, la información correspondiente sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del impuesto al valor agregado en las operaciones con sus proveedores, desglosando el valor de los actos o actividades por tasa a la cual trasladó o le fue trasladado el impuesto al valor agregado, incluyendo actividades por las que el contribuyente no está obligado al pago, dicha información se presentará, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda dicha información.

Contribuyentes relevados de presentar la DIOT

Personas físicas con actividad empresarial y profesional (sección I capítulo II título IV LISR), persona física que tribute en plataformas tecnológicas (sección III capítulo II título IV LISR), persona física arrendamiento de inmuebles (capítulo III del título IV LISR) cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior sean menores o iguales a $4,000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.), así como las personas físicas y morales RESICO.

Facilidades para los contribuyentes personas físicas

Las personas físicas que tributen conforme a los Capítulos II y III del Título IV de la Ley del ISR, cuyos ingresos del ejercicio anterior no superen $4,000,000.00, o que inicien actividades y estimen ingresos menores a esa cantidad, no estarán obligadas a:

Enviar contabilidad electrónica ni ingresar mensualmente su información contable (art. 28 CFF).
Presentar la Información de Operaciones con Terceros (DIOT) (art. 32 LIVA).
Facilidades para personas físicas y morales (Sección IV, Capítulo II, Título IV y Capítulo XII, Título VII, Ley del ISR):

¿Cuentas con empleados y no sabes como calcular sus pagos?🤔 O ¿ que obligaciones tienes como patron y ellos como trabaja...
10/10/2025

¿Cuentas con empleados y no sabes como calcular sus pagos?🤔 O ¿ que obligaciones tienes como patron y ellos como trabajadores?⚖️💸💰

*"Procesamos tu nómina y tú enfócate en crecer"* libérate de preocupaciones mientras nosotros nos encargamos de la precisión y transparencia que su equipo merece. 💡🧐📊📋

Mas información:
✉️ [email protected]
📲 5535931950

¿Cuentas con empleados y desconoces como tienes que pagarle bajo leyes?🤔O ¿ que obligaciones tienes como patron y ellos ...
10/10/2025

¿Cuentas con empleados y desconoces como tienes que pagarle bajo leyes?🤔O ¿ que obligaciones tienes como patron y ellos como trabajadores?⚖️💸💰

*"Procesamos tu nómina y tú enfócate en crecer"* libérate de preocupaciones mientras nosotros nos encargamos de la precisión y transparencia que su equipo merece. 💡🧐📊📋

Mas información:
✉️ [email protected]
📲 55 6564 3397

Amparo contra cobro de créditos fiscales estaría limitadoDentro de las modificaciones propuestas a la Ley de Amparo, Reg...
25/09/2025

Amparo contra cobro de créditos fiscales estaría limitado

Dentro de las modificaciones propuestas a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se prevé restringir la interposición del amparo indirecto contra actos de ejecución o cobo de contribuciones de créditos fiscales firmes, o resoluciones de solicitud de prescripción de estos créditos.

Las dilaciones se generan por las suspensiones otorgadas y aquellas medidas cautelares que imposibilitan al Estado para realizar el cobro de los créditos fiscales firmes; esta situación tiene implicaciones negativas en la recaudación, y por ende, afecta al interés colectivo.

Cabe resaltar que en la propuesta se hace hincapié de la finalidad del cobro coactivo, cuyo propósito es hacer efectivo aquel deber contributivo regulado en el numeral 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y del que todos los contribuyentes somos sujetos.

Por lo tanto, las acciones efectuadas por la autoridad fiscal para hacer efectiva la exigibilidad del pago de contribuciones, cumple con un fin de salvaguardar esa obtención de ingresos para que se pueda cumplir con el financiamiento público; recordando que el pago de contribuciones es indispensable para la sostenibilidad del país, así como para administrar la prestación de servicios públicos, por lo que de no contar con estas puede existir un rezago que afecta directamente a la sociedad.

De acuerdo con el estudio realizado para la exposición de la iniciativa, se destaca que, en los últimos cinco años, el plazo de resolución de los juicios promovidos contra la determinante de créditos fiscales es en promedio de cuatro años, pero existen casos en los que la resolución llegó hasta pasados los 10 años; sin que ahí concluya por completo, pues todavía obran medios de defensa contra los actos de cobro.

Dirección

Huixquilucan De Degollado
52770

Horario de Apertura

Lunes 9am - 6pm
Martes 9am - 6pm
Miércoles 9am - 6pm
Jueves 9am - 6pm
Viernes 9am - 6pm

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando JM Company publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Atajos

Compartir