Asesoría y Capacitación DSouza

Asesoría y Capacitación DSouza Información Fiscal y Contable Estas por iniciar un negocio? ó ya tienes una empresa? Nosotros podemos apoyarte. Tú eres importante y nosotros podemos ayudarte.

Te ayudamos a conocer cuáles son los indicadores claves de tu negocio, que estados financieros debes conocer y cuál es el impacto en tu negocio. Si tienes Contadores en tu empresa podemos ayudar que lo que realizan en apoyo a tu negocio lo hagan mejor, optimizando la carga fiscal de tu negocio
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𝗘𝗟 𝗦𝗔𝗧 𝗔𝗠𝗣𝗟Í𝗔 𝗘𝗟 𝗖𝗥𝗜𝗧𝗘𝗥𝗜𝗢 𝟰𝟯/𝗜𝗦𝗥/𝗣𝗜: 𝗟𝗢𝗦 "𝗣𝗔𝗚𝗢𝗦 𝗩Í𝗔 𝗧𝗘𝗥𝗖𝗘𝗥𝗢𝗦" 𝗬 𝗟𝗔 𝗧𝗥𝗔𝗠𝗣𝗔 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗡𝗢𝗠-𝟬𝟯𝟱La Primera Modificación al Anexo ...
18/07/2026

𝗘𝗟 𝗦𝗔𝗧 𝗔𝗠𝗣𝗟Í𝗔 𝗘𝗟 𝗖𝗥𝗜𝗧𝗘𝗥𝗜𝗢 𝟰𝟯/𝗜𝗦𝗥/𝗣𝗜: 𝗟𝗢𝗦 "𝗣𝗔𝗚𝗢𝗦 𝗩Í𝗔 𝗧𝗘𝗥𝗖𝗘𝗥𝗢𝗦" 𝗬 𝗟𝗔 𝗧𝗥𝗔𝗠𝗣𝗔 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗡𝗢𝗠-𝟬𝟯𝟱

La Primera Modificación al Anexo 3 de la RMF 2026 (DOF 17/07/2026) reforzó el criterio no vinculativo 43/ISR/PI para clausurar un esquema recurrente: 𝗽𝗮𝗴𝗮𝗿 𝗮 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀, 𝘀𝗼𝗰𝗶𝗼𝘀 𝗼 𝗮𝗰𝗰𝗶𝗼𝗻𝗶𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗲𝗽𝘁𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗺𝗼 𝗯𝗼𝗻𝗼𝘀, 𝗶𝗻𝗰𝗲𝗻𝘁𝗶𝘃𝗼𝘀, 𝗰𝗼𝗺𝗶𝘀𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀, 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗮𝘀, 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗲𝗻𝘀𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗽𝗼𝗿 𝗶𝗻𝘃𝗲𝗻𝗰𝗶ó𝗻 𝗼 "𝗰𝗼𝗺𝗽𝗲𝗻𝘀𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗰𝘂𝗺𝗽𝗹𝗶𝗿 𝗹𝗮 𝗡𝗢𝗠-𝟬𝟯𝟱-𝗦𝗧𝗣𝗦-𝟮𝟬𝟭𝟴" 𝗮 𝘁𝗿𝗮𝘃é𝘀 𝗱𝗲 𝘂𝗻𝗮 𝗔.𝗖. 𝗼 𝘀𝗼𝗰𝗶𝗲𝗱𝗮𝗱 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗮, 𝘁𝗿𝗮𝘁á𝗻𝗱𝗼𝗹𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗺𝗼 𝗶𝗻𝗴𝗿𝗲𝘀𝗼𝘀 𝗲𝘅𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀.

El fundamento es sólido y restrictivo. El artículo 94, primer párrafo LISR grava "los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral" —fórmula amplísima—, mientras el artículo 93 LISR enlista de forma cerrada lo exento. Todo lo que no esté en el 93, está gravado. De ahí que quien paga deba retener y enterar (arts. 10 y 96 LISR), que el gasto al tercero no sea deducible por no ser estrictamente indispensable (art. 27-I LISR) y que el IVA no sea acreditable (art. 5-I LIVA).

𝗡𝗼𝘃𝗲𝗱𝗮𝗱 𝗱𝗲 𝟮𝟬𝟮𝟲: 𝙚𝙡 𝙎𝘼𝙏 𝙥𝙧𝙚𝙘𝙞𝙨𝙖 𝙦𝙪𝙚 𝙡𝙖 𝙉𝙊𝙈-𝟬𝟯𝟱 𝙣𝙤 𝙤𝙗𝙡𝙞𝙜𝙖 𝙖 𝙥𝙖𝙜𝙖𝙧 𝙘𝙖𝙣𝙩𝙞𝙙𝙖𝙙 𝙖𝙡𝙜𝙪𝙣𝙖 𝙖 𝙡𝙤𝙨 𝙩𝙧𝙖𝙗𝙖𝙟𝙖𝙙𝙤𝙧𝙚𝙨, 𝙮 𝙖𝙢𝙥𝙡í𝙖 𝙚𝙡 𝙡𝙚𝙣𝙜𝙪𝙖𝙟𝙚 𝙙𝙚 "𝙖𝙨𝙤𝙘𝙞𝙖𝙘𝙞𝙤𝙣𝙚𝙨 𝙤 𝙨𝙤𝙘𝙞𝙚𝙙𝙖𝙙𝙚𝙨" 𝙖 𝙘𝙪𝙖𝙡𝙦𝙪𝙞𝙚𝙧 "𝙩𝙚𝙧𝙘𝙚𝙧𝙤". 𝙇𝙖 𝙛𝙧𝙖𝙘𝙘𝙞ó𝙣 𝙑𝙄 𝙖𝙡𝙘𝙖𝙣𝙯𝙖 𝙖 𝙦𝙪𝙞𝙚𝙣 𝙖𝙨𝙚𝙨𝙤𝙧𝙚 𝙤 𝙞𝙢𝙥𝙡𝙚𝙢𝙚𝙣𝙩𝙚 𝙚𝙡 𝙚𝙨𝙦𝙪𝙚𝙢𝙖, 𝙘𝙤𝙣 𝙘𝙤𝙣𝙚𝙭𝙞ó𝙣 𝙙𝙞𝙧𝙚𝙘𝙩𝙖 𝙖 𝟲𝟵-𝘽 𝘾𝙁𝙁 (𝙀𝙁𝙊𝙎/𝙀𝘿𝙊𝙎), 𝙚𝙨𝙦𝙪𝙚𝙢𝙖𝙨 𝙧𝙚𝙥𝙤𝙧𝙩𝙖𝙗𝙡𝙚𝙨 (𝙖𝙧𝙩𝙨. 𝟭𝟵𝟳-𝟮𝟬𝟮 𝘾𝙁𝙁).

Atte.
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩𝗮𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇

¿Pagas bonos o compensaciones a través de una A.C. o “administradora”? El SAT ya lo persigue. Análisis preventivo del Criterio 43/ISR/PI (RMF 2026).

📢 IMPORTANTE PARA PATRONES | El IMSS elimina el NPIEA partir del acuerdo del H. Consejo Técnico del IMSS (DOF 16 de juli...
16/07/2026

📢 IMPORTANTE PARA PATRONES | El IMSS elimina el NPIE

A partir del acuerdo del H. Consejo Técnico del IMSS (DOF 16 de julio de 2026), el NPIE queda eliminado y la e.firma del SAT será el ÚNICO medio válido para presentar movimientos afiliatorios: altas, bajas y modificaciones de salario.

✅ ¿Qué cambia?
• Se deroga el NPIE emitido por el IMSS.
• Todo se firmará con la e.firma del SAT (la misma de tus trámites fiscales).
• La vinculación de representantes se hará exclusivamente por el Escritorio Virtual, con firma conjunta patrón–representante.

⏳ Periodo de transición: 90 días naturales. Recomendamos tener todo migrado antes del 13 de octubre de 2026. Durante la transición el NPIE sigue funcionando: no hay corte de servicio si migras a tiempo.

⚠️ No migrar a tiempo puede impedirte presentar movimientos y derivar en multas y capitales constitutivos.

En DSouza Consultores Fiscales te acompañamos en todo el proceso: verificación de e.firma, vinculación de representantes y validación de tus movimientos.

📖 Lee la circular completa aquí:
https://souzacontador.github.io/Comunicados/circular-npie-efirma-sat/

📩 [email protected] | 📱 686 256 72

16/07/2026

𝗜𝗠𝗦𝗦 𝗘𝗟𝗜𝗠𝗜𝗡𝗔 𝗡𝗣𝗜𝗘 𝗣𝗢𝗥 𝗘.𝗙𝗜𝗥𝗠𝗔 𝗦𝗔𝗧

El IMSS eliminó el NPIE. Con el acuerdo publicado en el DOF el 16 de julio de 2026, la e.firma del SAT será el único medio válido para tus movimientos afiliatorios ante el IMSS. Tienes 90 días naturales para migrar.

¿𝗤𝗨É 𝗖𝗔𝗠𝗕𝗜𝗔 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗘𝗟 𝗣𝗔𝗧𝗥Ó𝗡?

El certificado que emitía el propio IMSS (NPIE) queda derogado y la identidad electrónica se unifica en la e.firma del SAT: la misma que ya usas en tus trámites fiscales. Además, la vinculación de representantes se hará exclusivamente por el Escritorio Virtual, con firma conjunta del patrón y del representante.

Dato que evita el pánico: durante los 90 días el NPIE sigue funcionando. Quien migra dentro del plazo no sufre ninguna interrupción para presentar altas, bajas y modificaciones de salario. El riesgo aparece solo si el plazo vence sin haber migrado.

Fecha límite: 13 de octubre de 2026.

La pregunta de hoy: ¿𝙔𝙖 𝙫𝙚𝙧𝙞𝙛𝙞𝙘𝙖𝙨𝙩𝙚 𝙦𝙪𝙚 𝙡𝙖 𝙚.𝙛𝙞𝙧𝙢𝙖 𝙙𝙚 𝙩𝙪 𝙚𝙢𝙥𝙧𝙚𝙨𝙖 𝙮 𝙚𝙣 𝙨𝙪 𝙘𝙖𝙨𝙤 𝙦𝙪𝙚 𝙨𝙚𝙖𝙨 𝙋𝙈 𝙙𝙚 𝙡𝙤𝙨 𝙧𝙚𝙥𝙧𝙚𝙨𝙚𝙣𝙩𝙖𝙣𝙩𝙚𝙨 𝙡𝙚𝙜𝙖𝙡𝙚𝙨 𝙚𝙨𝙩é 𝙫𝙞𝙜𝙚𝙣𝙩𝙚?



Atte
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩á𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇

Amigos y Colegas los esperamos este 2 de Junio a las 4:00 a traves de la pagina de facebook del Colegio de Contadores Pú...
02/06/2026

Amigos y Colegas los esperamos este 2 de Junio a las 4:00 a traves de la pagina de facebook del Colegio de Contadores Públicos de Mexicali, A.C , esperamos contar con su presencia.

📌 ¿Tienes dudas sobre CFDI?
Participa en nuestra Cápsula Técnica: RADAR CFDI, un espacio de preguntas y respuestas para resolver inquietudes, identificar riesgos y evitar errores en la emisión y manejo de CFDI.
🎙️ Expositor: C.P. Daniel Souza Vázquez
📅 02 de junio de 2026
⏰ 4:00 a 6:00 p.m.
📍 Facebook Live
💻 Evento gratuito
📩 Envía tus preguntas al correo:
[email protected]
⏳ Fecha límite: 1ero de junio a las 12:00 p.m.
¡No te lo pierdas!

𝗔𝗺𝗶𝗴𝗼𝘀 𝘆 𝗖𝗼𝗹𝗲𝗴𝗮𝘀:En este Día del Contador, reconocemos el esfuerzo, la ética y la constancia que ponemos en una profesió...
25/05/2026

𝗔𝗺𝗶𝗴𝗼𝘀 𝘆 𝗖𝗼𝗹𝗲𝗴𝗮𝘀:

En este Día del Contador, reconocemos el esfuerzo, la ética y la constancia que ponemos en una profesión que pocas veces se ve, pero siempre se siente en la confianza de nuestros clientes y en la estabilidad de las empresas.

No es una profesión fácil, pero sí profundamente valiosa.
¡𝗙𝗲𝗹𝗶𝘇 𝗗í𝗮 𝗱𝗲𝗹 𝗖𝗼𝗻𝘁𝗮𝗱𝗼𝗿 𝗮 𝘁𝗼𝗱𝗮𝘀 𝘆 𝘁𝗼𝗱𝗼𝘀 𝗹𝗼𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗵𝗼𝗻𝗿𝗮𝗺𝗼𝘀 𝗲𝘀𝘁𝗲 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗼 𝗰𝗮𝗱𝗮 𝗱í𝗮!
atte.
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩á𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇

!Felicidades Maestros en su día!
15/05/2026

!Felicidades Maestros en su día!

𝗡𝗨𝗘𝗩𝗢 𝗣𝗔𝗦𝗢 𝗘𝗡 𝗘𝗟 𝗧𝗥Á𝗠𝗜𝗧𝗘 𝗗𝗘 𝗘.𝗙𝗜𝗥𝗠𝗔 𝗣𝗙Esta semana, varios contribuyentes llegaron al SAT a tramitar su e.firma por prime...
21/04/2026

𝗡𝗨𝗘𝗩𝗢 𝗣𝗔𝗦𝗢 𝗘𝗡 𝗘𝗟 𝗧𝗥Á𝗠𝗜𝗧𝗘 𝗗𝗘 𝗘.𝗙𝗜𝗥𝗠𝗔 𝗣𝗙

Esta semana, varios contribuyentes llegaron al SAT a tramitar su e.firma por primera vez y se llevaron una sorpresa.

𝗘𝗹 𝗰𝗲𝗿𝘁𝗶𝗳𝗶𝗰𝗮𝗱𝗼 𝘆𝗮 𝗻𝗼 𝘀𝗲 𝗲𝗻𝘁𝗿𝗲𝗴𝗮 𝗮𝗹 𝗺𝗼𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗰𝗶𝘁𝗮.

Hasta hace poco, al concluir el trámite presencial usted salía con su e.firma lista para usar. 𝗛𝗼𝘆, 𝘀𝗲𝗴ú𝗻 𝗿𝗲𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗻 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗶𝗯𝘂𝘆𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝘆 𝗳𝘂𝗻𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗿𝗶𝗼𝘀 𝗱𝗲𝗹 𝗦𝗔𝗧, 𝗲𝘅𝗶𝘀𝘁𝗲 𝘂𝗻 𝗽𝗹𝗮𝘇𝗼 𝗱𝗲 𝗵𝗮𝘀𝘁𝗮 𝟳𝟮 𝗵𝗼𝗿𝗮𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗾𝘂𝗲 𝗲𝗹 𝗰𝗲𝗿𝘁𝗶𝗳𝗶𝗰𝗮𝗱𝗼 𝗲𝘀𝘁é 𝗱𝗶𝘀𝗽𝗼𝗻𝗶𝗯𝗹𝗲 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗱𝗲𝘀𝗰𝗮𝗿𝗴𝗮.

La buena noticia: 𝗲𝗻 𝗹𝗮 𝗽𝗿á𝗰𝘁𝗶𝗰𝗮, 𝗲𝘀𝗲 𝗺𝗶𝘀𝗺𝗼 𝗱í𝗮 𝗽𝗼𝗿 𝗹𝗮 𝘁𝗮𝗿𝗱𝗲 𝘆𝗮 𝗲𝘀 𝗽𝗼𝘀𝗶𝗯𝗹𝗲 𝗮𝗰𝗰𝗲𝗱𝗲𝗿 𝘆 𝗱𝗲𝘀𝗰𝗮𝗿𝗴𝗮𝗿𝗹𝗼 𝗱𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗲𝗹 𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗹 𝗱𝗲𝗹 𝗦𝗔𝗧 𝗱𝗲𝘀𝗽𝘂é𝘀 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝟱 𝗽.𝗺.

Lo que aún no sabemos es si esto responde a la saturación del servicio por la temporada de declaraciones anuales de personas físicas, o si ya es una nueva modalidad permanente del trámite.

Tampoco está claro si este cambio alcanzará los trámites de renovación de e.firma de personas físicas, ni si afectará los trámites relacionados con la firma electrónica de personas morales.

Lo que sí es cierto: 𝘀𝗶 𝘂𝘀𝘁𝗲𝗱 𝗼 𝗮𝗹𝗴𝘂𝗻𝗼 𝗱𝗲 𝘀𝘂𝘀 𝗰𝗹𝗶𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝘁𝗶𝗲𝗻𝗲 𝗰𝗶𝘁𝗮 𝗽𝗿ó𝘅𝗶𝗺𝗮 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝘁𝗿𝗮𝗺𝗶𝘁𝗮𝗿 𝗹𝗮 𝗲.𝗳𝗶𝗿𝗺𝗮 𝗽𝗼𝗿 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿𝗮 𝘃𝗲𝘇, 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗶𝗱𝗲𝗿𝗲 𝗲𝘀𝘁𝗲 𝗽𝗮𝘀𝗼 𝗮𝗱𝗶𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗲𝗻 𝘀𝘂 𝗽𝗹𝗮𝗻𝗲𝗮𝗰𝗶ó𝗻.

No llegue a la cita esperando salir con la firma lista ese mismo momento. Reserve tiempo para regresar al portal esa misma tarde o al día siguiente.

𝗦𝗶 𝘁𝗶𝗲𝗻𝗲 𝗮𝗹𝗴𝘂𝗻𝗮 𝗱𝘂𝗱𝗮 𝘀𝗼𝗯𝗿𝗲 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗼𝗰𝗲𝘀𝗼 𝗼 𝗻𝗲𝗰𝗲𝘀𝗶𝘁𝗮 𝗮𝗰𝗼𝗺𝗽𝗮ñ𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗲𝗻 𝘀𝘂 𝘁𝗿á𝗺𝗶𝘁𝗲, 𝗰𝗼𝗻 𝗴𝘂𝘀𝘁𝗼 𝗹𝗲 𝗮𝘆𝘂𝗱𝗮𝗺𝗼𝘀.

𝗔𝘁𝘁𝗲.

𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩á𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇
DSouza Consultores Fiscales
Mexicali, B.C.
WhatsApp: 686 256 72 93
[email protected]

2025

𝗖𝗔𝗠𝗕𝗜𝗢 𝗜𝗠𝗣𝗢𝗥𝗧𝗔𝗡𝗧𝗘 𝗘𝗡𝗩𝗜𝗢 𝗔𝗡𝗨𝗔𝗟 𝟮𝟬𝟮𝟱 𝗣𝗙 𝗖𝗢𝗡 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗔𝗦𝗘Ñ𝗔¡Atención, contribuyentes! Cambios importantes en la Declaración Anu...
07/04/2026

𝗖𝗔𝗠𝗕𝗜𝗢 𝗜𝗠𝗣𝗢𝗥𝗧𝗔𝗡𝗧𝗘 𝗘𝗡𝗩𝗜𝗢 𝗔𝗡𝗨𝗔𝗟 𝟮𝟬𝟮𝟱 𝗣𝗙 𝗖𝗢𝗡 𝗖𝗢𝗡𝗧𝗥𝗔𝗦𝗘Ñ𝗔

¡Atención, contribuyentes! Cambios importantes en la Declaración Anual de ISR 2025 (a presentarse en 2026) según la RMF 2026, regla 2.3.2.

𝗖𝗮𝗺𝗯𝗶𝗼 𝗰𝗹𝗮𝘃𝗲 𝗲𝗻 𝗳𝗮𝗰𝗶𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱𝗲𝘀 𝗱𝗲 𝗱𝗲𝘃𝗼𝗹𝘂𝗰𝗶ó𝗻

En años anteriores, para saldos a favor entre $10,001 y $150,000 MN, podías presentar la declaración con contraseña si seleccionabas una cuenta CLABE precargada y activa a tu nombre, 𝗘𝗦𝗧𝗔 𝗙𝗔𝗖𝗜𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗 𝗬𝗔 𝗡𝗢 𝗘𝗦𝗧𝗔 𝗩𝗜𝗚𝗘𝗡𝗧𝗘 𝗣𝗔𝗥𝗔 𝗟𝗔 𝗔𝗡𝗨𝗔𝗟 𝟮𝟬𝟮𝟱.

Ahora, esta opción se elimina: si el saldo supera $10,000 MN, 𝗱𝗲𝗯𝗲𝘀 𝘂𝘀𝗮𝗿 𝗲.𝗳𝗶𝗿𝗺𝗮 𝗼 𝗲.𝗳𝗶𝗿𝗺𝗮 𝗽𝗼𝗿𝘁𝗮𝗯𝗹𝗲, incluso si usas CLABE precargada. Solo para ≤ $10,000 MN aplica contraseña.

𝗥𝗲𝗾𝘂𝗶𝘀𝗶𝘁𝗼𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗱𝗲𝘃𝗼𝗹𝘂𝗰𝗶ó𝗻 𝗮𝘂𝘁𝗼𝗺á𝘁𝗶𝗰𝗮:

Presenta Declaración del ejercicio 2025 con e.firma para saldos > $10,000 hasta $150,000 MN.
Selecciona CLABE activa (18 dígitos) a tu nombre.
La CLABE seleccionada autoriza el depósito.

𝗥𝗲𝗰𝗼𝗺𝗲𝗻𝗱𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗽𝗿á𝗰𝘁𝗶𝗰𝗮𝘀

Verifica tu e.firma vigente en el portal SAT, si no la tienes tramitala.
Actualiza CLABE precargadas para evitar complicaciones.
Plazo: hasta 31 julio 2026 para optar por devolución automática.

¡Prepárate para evitar rechazos! Comparte si te sirve. Para asesoría personalizada, contáctame vía WhatsApp al 686 256 72 93.

Atte.
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩á𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇

📢 𝗔𝗖𝗧𝗨𝗔𝗟𝗜𝗭𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗙𝗜𝗦𝗖𝗔𝗟 | 𝗕𝗮𝗷𝗮 𝗖𝗮𝗹𝗶𝗳𝗼𝗿𝗻𝗶𝗮 𝟮𝟬𝟮𝟲 𝗜𝗦𝗥𝗧𝗣 — 𝗡𝘂𝗲𝘃𝗮𝘀 𝗲𝘅𝗲𝗻𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗺𝗶𝗰𝗿𝗼 𝘆 𝗽𝗲𝗾𝘂𝗲ñ𝗮𝘀 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝘀 𝗜𝗺𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗼 𝗦𝗼𝗯𝗿𝗲 𝗥𝗲...
06/04/2026

📢 𝗔𝗖𝗧𝗨𝗔𝗟𝗜𝗭𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗙𝗜𝗦𝗖𝗔𝗟 | 𝗕𝗮𝗷𝗮 𝗖𝗮𝗹𝗶𝗳𝗼𝗿𝗻𝗶𝗮 𝟮𝟬𝟮𝟲 𝗜𝗦𝗥𝗧𝗣 — 𝗡𝘂𝗲𝘃𝗮𝘀 𝗲𝘅𝗲𝗻𝗰𝗶𝗼𝗻𝗲𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗺𝗶𝗰𝗿𝗼 𝘆 𝗽𝗲𝗾𝘂𝗲ñ𝗮𝘀 𝗲𝗺𝗽𝗿𝗲𝘀𝗮𝘀 𝗜𝗺𝗽𝘂𝗲𝘀𝘁𝗼 𝗦𝗼𝗯𝗿𝗲 𝗥𝗲𝗺𝘂𝗻𝗲𝗿𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗧𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗼 𝗣𝗲𝗿𝘀𝗼𝗻𝗮𝗹
El pasado 27 de marzo se publicó en el Periódico Oficial de BC un decreto que modifica las exenciones del Impuesto Sobre Remuneraciones al Trabajo Personal (ISRTP).

🔄 ¿𝗤𝘂é 𝗰𝗮𝗺𝗯𝗶ó?

Se sustituye la exención general del 29% por un esquema escalonado de 3 niveles según el tamaño de la empresa:

👥 𝗛𝗮𝘀𝘁𝗮 𝟱 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀
→ Exención del 50%
→ Base gravable mensual máx: $66,131

👥 𝗛𝗮𝘀𝘁𝗮 𝟭𝟬 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀
→ Exención del 35%
→ Base gravable mensual máx: $132,261

👥 𝗛𝗮𝘀𝘁𝗮 𝟱𝟬 𝘁𝗿𝗮𝗯𝗮𝗷𝗮𝗱𝗼𝗿𝗲𝘀
→ Exención del 29% (igual que antes)
→ Base gravable mensual máx: $661,305

⚠️ 𝗟𝗼𝘀 𝗻𝗶𝘃𝗲𝗹𝗲𝘀 𝘀𝗼𝗻 𝗲𝘅𝗰𝗹𝘂𝘆𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀: solo aplica uno. Si en algún mes se rebasa el tope, ese mes no aplica el beneficio, pero se puede recuperar el siguiente.

📅 𝗩𝗶𝗴𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮

- Aplica a partir de declaraciones de abril 2026 (periodo de marzo)
- Vigente hasta periodos causados al 30 de septiembre de 2027
- Enero y febrero 2026: sigue aplicando la exención del 29% anterior

✅ 𝗥𝗲𝗾𝘂𝗶𝘀𝗶𝘁𝗼𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗮𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗿 𝗲𝗹 𝗯𝗲𝗻𝗲𝗳𝗶𝗰𝗶𝗼

- Estar inscrito en el Padrón Estatal de Contribuyentes
- No tener adeudos fiscales firmes ni juicios contra el fisco estatal
- Presentar declaraciones en tiempo y forma

📌 𝗙𝘂𝗻𝗱𝗮𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼: Decreto publicado en el Períodico Oficial del Estado de BC el 27/mar/2026. Reforma al Decreto de exención del ISRTP publicado originalmente el 26/ene/2024.

atte.
𝗖.𝗣. 𝗗𝗮𝗻𝗶𝗲𝗹 𝗦𝗼𝘂𝘇𝗮 𝗩á𝘇𝗾𝘂𝗲𝘇

Dirección

Avenida Molino Del Rey No. 311, Insurgentes Este
Mexicali
21280

Horario de Apertura

Lunes 9am - 5pm
Martes 9am - 5pm
Miércoles 9am - 5pm
Jueves 9am - 5pm
Viernes 9am - 5pm

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