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Se publico en el DOF la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley federal del trabajo Las vacaciones dignas son ya un he...
28/12/2022

Se publico en el DOF la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley federal del trabajo

Las vacaciones dignas son ya un hecho ✅
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INFONAVIT SUBE A 70 AÑOS EDAD MAXIMA PARA SOLICITAR UN CRÉDITO
03/10/2022

INFONAVIT SUBE A 70 AÑOS EDAD MAXIMA PARA SOLICITAR UN CRÉDITO

📍 ¿Qué pasa si no presento mis obligaciones en tiempo y forma? ⬇️⬇️Ya va de salida el mes de abril en donde deben de pre...
26/04/2022

📍 ¿Qué pasa si no presento mis obligaciones en tiempo y forma?
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Ya va de salida el mes de abril en donde deben de presentar la declaración anual las personas físicas 👀, sin embargo, que pasa si no la presento? O si me guie con un Tik Tok y ahora debo 10 mil pesos? 😅

Si durante el mes de abril no presentaste tu declaración anual de impuestos o lo hiciste pero no realizaste el pagó del monto que resultó a cargo, te sugerimos que te pongas al corriente en tu adeudo lo antes posible, pues el incumplimiento de las obligaciones fiscales trae como consecuencia la imposición de multas, recargos, cobro de gastos de ejecución, auditorías y en casos extremos, hasta años de cárcel.

Si, no exageramos con años de cárcel, esto según articulo 109 del Código Fiscal de la Federación, siempre y cuando se omitan por mas de doce meses

Si deseas ponerte al corriente con tus obligaciones, contáctanos

Nosotros te ayudamos!! Consulta de tu estatus totalmente gratis!!
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25/04/2022

¿Tienes tus deducciones listas para la Declaración Anual 2021 de personas físicas?

Conoce cuáles puedes deducir:

Deducciones personales 2021
09/04/2022

Deducciones personales 2021

¿Eres Persona Moral y se te venció tu e.firma (fiel)?  😧Como consecuencia de las recientes modificaciones a las reglas, ...
08/03/2022

¿Eres Persona Moral y se te venció tu e.firma (fiel)? 😧

Como consecuencia de las recientes modificaciones a las reglas, el SAT permite renovar tu e.firma solo si eres persona moral, y no ha pasado mas de un año de vencida, de lo contrario tendrás de acudir a las oficinas del SAT 🤯

Para esto el SAT permite presentar por internet la solicitud

Cabe recordar que la e.Firma tiene una vigencia de 4 años desde su expedición

¿Es tu caso 😒? Mándanos mensaje y te apoyamos!!
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Ojo aquí!! 👀
07/03/2022

Ojo aquí!! 👀



Presenta SAT facilidades para la Declaración Anual 2021 de personas morales. Si la e.firma (firma electrónica) de tu empresa está próxima a vencer o tiene menos de un año que venció, puedes renovarla en https://www.sat.gob.mx/empresas/otros-tramites-y-servicios

✅ Presenta tu declaración anual de personas físicas 2021 🎯No te quedes sin cumplir con tus obligaciones fiscales a travé...
21/02/2022

✅ Presenta tu declaración anual de personas físicas 2021 🎯

No te quedes sin cumplir con tus obligaciones fiscales a través de la presentación de tu declaración anual, que contenga la información de tus ingresos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, así como tus pagos provisionales, a través del portal del SAT de una forma fácil y sencilla.

Si obtuviste ingresos por algunos de los siguientes supuestos, están obligado a presentarla:

• Sueldos, salarios y asimilados (Cumpliendo ciertos supuestos)

• Actividad empresarial y Servicios profesionales (Honorarios)

• Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras

• Arrendamiento

• Enajenación de bienes

• Enajenación de acciones en bolsa de valores

• Adquisición de bienes

• Intereses

• Premios

• Dividendos

✅Nosotros te apoyamos a presentar en tiempo y forma, y si obtienes saldo a favor te ayudamos a recuperarlo🥳😎

Si quieres saber en que situación fiscal te encuentras, mándanos mensaje, te hacemos valoración totalmente gratis‼️🤯
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06/02/2022

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¿Qué tan seguro estás de no necesitar un seguro de vida?

Un seguro de vida es más accesible de lo que te imaginas y tiene más beneficios de los que piensas. Acércate al banco de tu elección y encuentren juntos el seguro de vida que mejor se adapta a tus necesidades.


Primera Resolución Anticipada de la RMF 2022El SAT da a conocer ciertas adecuaciones, incluyendo el anexo 1-A, en donde ...
04/02/2022

Primera Resolución Anticipada de la RMF 2022

El SAT da a conocer ciertas adecuaciones, incluyendo el anexo 1-A, en donde destaca el tema de la cancelación del CFDI

La regla 2.7.1.47. precisa que la cancelación de los CFDI se podrá efectuar a más tardar en el mes en el cual se deba presentar la declaración anual del ISR correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el mismo.
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📍 Entérate 🧐Cuales son mis obligaciones si opte por tributar en el nuevo Regimen de Confianza? (RESICO) 🤔➡️Solicitar su ...
17/01/2022

📍 Entérate 🧐

Cuales son mis obligaciones si opte por tributar en el nuevo Regimen de Confianza? (RESICO) 🤔

➡️Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes y mantenerlo actualizado.

➡️ Contar con firma electrónica avanzada y buzón tributario activo.

➡️ Contar con comprobantes fiscales digitales por Internet por la totalidad de sus ingresos efectivamente cobrados.

➡️ Obtener y conservar comprobantes fiscales digitales por Internet que amparen sus gastos e inversiones.

➡️ Expedir y entregar a sus clientes comprobantes fiscales digitales por Internet por las operaciones que realicen con los mismos.

➡️ Presentar el pago mensual a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior.

➡️ Presentar su declaración anual en el mes de abril del año siguiente a aquél al que corresponda la declaración.
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📍 ¿Cómo procede la cancelación de CFDIs para el 2022?La cancelación de los CFDI´s se prevé en los mismos términos, es de...
11/01/2022

📍 ¿Cómo procede la cancelación de CFDIs para el 2022?

La cancelación de los CFDI´s se prevé en los mismos términos, es decir bajo la autorización previa del receptor. La reforma en esta materia únicamente precisa que el contribuyente solo podrá cancelar los CFDI´s en el ejercicio de su expedición.

En la tercera resolución de modificaciones a la RMISC 2021 se contempla que el importe para cancelar un CFDI sin autorización es de mil pesos, (antes cinco mil) de igual forma la cancelación procederá sin autorización cuando se realice dentro del día hábil siguiente a su emisión (antes tres días).

La única modificación de que para este año se necesita señalar el motivo de cancelación que a continuación se señalan:

"01" Comprobante emitido con errores con relación
02" Comprobante emitido con errores sin relación
"03" No se llevó a cabo la operación
"04" Operación nominativa relacionada en la factura global
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Dirección

Monterrey
64000

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