14/04/2026
Cómo obtener Saldo a Favor en tu Declaración Anual (sin tener suerte):
Primero que nada, debemos entender que el Saldo a Favor proviene de retenciones previas que se han realizado a tus ingresos, te devolverán lo que "pagaste de más"
(De hecho, no todos estamos obligados a presentar la Declaración Anual (art. 150 LISR) pero muchos lo hacemos porque tenemos este beneficio en el que nos devuelven dinero 👐🏽
Una cuestión lógica: Si percibes exclusivamente ingresos exentos o no tienes ingresos entonces no podrás aplicar para tener saldo a favor
Otro aspecto importante por considerar aquí son las Deducciones Personales autorizadas, estas las encuentras en el artículo 151 de la LISR y te ayudarán a disminuir tu base gravable (que es la que se considera para el cálculo de tu ISR)
Las Deducciones para sueldos y salarios son:
Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios, Gastos funerarios, Donativos, Intereses reales en tu crédito hipotecario,
Aportaciones al retiro, Primas de seguros (gastos médicos), Transporte escolar (si es obligatorio) (tratándose de honorarios médicos es IMPORTANTE mencionar que también incluye los servicios prestados por psicólogos y nutriólogos, así como prótesis) y también entran los lentes ópticos 🤓👌🏽
Es IMPORTANTE que esas Deducciones las pagues en uno de los siguientes métodos:
✅Tarjeta de crédito o débito propia,
✅Cheque nominal,
✅Transferencia bancaria (de tu cuenta)
Así como que revises el uso del CFDI adecuado: D10 - Colegiaturas en instituciones privadas. D08 - Transporte escolar obligatorio.
D03 - Gastos funerarios. D04 - Donativos (topado al 7%). D06 - Aportaciones Voluntarias al AFORE. D09 - Cuentas Personales para el Retiro. D01 - Lentes graduados hasta $2500, Honorarios médicos, dentales, psicología y nutrición, así como gastos hospitalarios y medicamentos en facturas, estudios y análisis de laboratios (incluyendo radiografías y aparatos de rehabilitación). D07 - Primas de seguros de gastos médicos mayores. D05 - Intereses Reales de Crédito Hipotecario.
Si uno de estos elementos está mal o pagaste en efectivo la deducción NO SERA APLICABLE y, por lo tanto, no podrás reducir tu pago de impuestos.
Todo esto es para verificar el ORIGEN y también la propiedad efectiva del dinero con que se pagan estos gastos. Además, es MUY IMPORTANTE que te expidan la factura relacionada con ese dato (el gasto que tú deduces, es el ingreso que alguien más presenta 😉)
Por cierto, también puedes deducir los gastos que realizas en favor de tus ascendientes (papá, mamá, abuelos) o descendientes (hijos, nietos) en línea recta, siempre que ellos no hayan ganado más de una UMA elevada al año.
Esto permitirá que al presentar nuestra Declaración Anual (o revisar el Simulador) ya encontremos esa información precargada en el sitio del SAT. En el caso de que no esté cargada, podríamos tener un tema un poco más engorroso al buscar reclamar nuestro ISR a Favor.
De entre todas las Deducciones Personales (sueldos y salarios) que te comenté yo prefiero las de honorarios, aportaciones al Afore y Donativos. Toda vez que son absolutas en su deducibilidad. Otros gastos como el pago de seguro médico tienen deducibilidad parcial...
Hay que entender que las Deducciones Personales no funcionan como un dinero que el SAT te devuelve por haber gastado
La operativa es que a tus ingresos acumulables se les restan los deducibles y el resultado (utilidad fiscal) se ubica en el renglón que le toca de la tabla del ISR.
Una vez que ubicaste el renglón que le corresponde, restas el límite inferior, lo multiplicas por el % y le sumas la cuota fija. No es tan difícil como parece... Aquí entran en juego las Deducciones Personales porque si no tienes ninguna (GRAVE ERROR) entonces tu utilidad fiscal es lo mismo que tus ingresos acumulables... Y atención que aquí es importante ver que varios de estos gastos SÍ los hacemos (aunque sea de cuando en cuando) pero muchas veces los pagamos en efectivo o no los deducimos por ignorancia 🤕
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