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21/06/2026
📢 El SAT elimina las auditorías retroactivas y garantiza una sola revisión integral por ejercicio fiscal.A través del Ac...
20/05/2026

📢 El SAT elimina las auditorías retroactivas y garantiza una sola revisión integral por ejercicio fiscal.

A través del Acuerdo 68/2026 de la SHCP (publicado en el DOF el 4 de mayo), se establecen reglas claras de fiscalización, donde se respetará la no retroactividad y se prioriza la certeza jurídica.

✅ Devoluciones de saldos más rápidas.
✅ Observancia de tratados internacionales.
✅ Menos burocracia y mayor confianza.

🔗 Acuerdo completo: https://sidof.segob.gob.mx/notas/57866014

Es el órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, que tiene la función de publicar, en el territorio nacional, leyes, decretos, reglamentos, acuerdos, circulares, órdenes y demás actos, expedidos por los Poderes de la Federación, a fin de que éstos sean aplicados y obse...

¿El SAT puede auditarte en 2026? 👀📂La respuesta es sí…y las revisiones ya no son exclusivas de grandes empresas. ⚠️Hoy, ...
15/05/2026

¿El SAT puede auditarte en 2026? 👀📂

La respuesta es sí…
y las revisiones ya no son exclusivas de grandes empresas. ⚠️

Hoy, muchas PyMEs y personas físicas también están en la mira cuando existen inconsistencias fiscales, movimientos inusuales o errores contables que pueden detectarse fácilmente.

En Tresa Despacho Contable sabemos que la mayoría de los problemas no empiezan con la auditoría…
empiezan mucho antes, con pequeños errores que se fueron acumulando.

🚨 Algunas señales que pueden llamar la atención del SAT:

🔴Diferencias entre ingresos declarados y movimientos bancarios
🔴Deducciones sin soporte suficiente
🔴Facturas de proveedores con inconsistencias
🔴Declaraciones incorrectas o fuera de tiempo
🔴Devoluciones sin documentación adecuada
🔴Operaciones que no coinciden con la actividad del negocio

La buena noticia es que una contabilidad ordenada, documentación correcta y asesoría adecuada pueden ayudarte a reducir riesgos y operar con mayor tranquilidad. ✔️📊

En servicios contables fiscales y financieros GR te ayudamos a revisar tu situación fiscal, detectar riesgos y blindar el control contable de tu negocio antes de que la autoridad te requiera 😵‍💫😵‍💫

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En materia de IVA, es indispensable saber identificar correctamente los actos o actividades que realiza el contribuyente...
15/05/2026

En materia de IVA, es indispensable saber identificar correctamente los actos o actividades que realiza el contribuyente, ya que de ello depende si la operación se encuentra gravada a la tasa del 0%, a la tasa general del 16%, exenta o incluso si se trata de un acto no objeto del impuesto.

Para efectos fiscales, es fundamental distinguir correctamente entre:

Tasa 0%
Actos gravados por la Ley del IVA, pero con tasa del 0%. Esto permite, en principio, acreditar el IVA pagado en gastos, inversiones o insumos relacionados con esa actividad.

Tasa 16%
Actos gravados a la tasa general. El contribuyente traslada IVA al cliente y puede acreditar el IVA que le fue trasladado, siempre que cumpla los requisitos fiscales.

Actos exentos
Operaciones que no trasladan IVA, pero que pueden limitar o impedir el acreditamiento del IVA relacionado con dichas actividades.

Actos no objeto
Operaciones que no encuadran dentro de los actos o actividades gravados por la Ley del IVA, por lo que deben analizarse con especial cuidado para determinar sus efectos en materia de acreditamiento y cumplimiento fiscal.

La diferencia no es solo conceptual: impacta directamente en precios, flujo de efectivo, acreditamiento, saldos a favor, cumplimiento fiscal y riesgos ante una revisión de la autoridad.

Identificar correctamente si una operación está gravada al 0%, al 16%, exenta o no objeto exige revisar la Ley del IVA, su Reglamento, criterios aplicables y, en algunos casos, decretos o reglas administrativas vigentes.

En impuestos, una mala clasificación puede convertirse en un costo financiero, una contingencia fiscal o una pérdida de acreditamiento.

Recuerda que mañana es el último día para que las empresas y personas físicas con actividad empresarial presenten el Dic...
14/05/2026

Recuerda que mañana es el último día para que las empresas y personas físicas con actividad empresarial presenten el Dictamen de Estados Financieros correspondiente al ejercicio fiscal 2025.

Esta obligación aplica a quienes:

📊 Obtuvieron ingresos acumulables iguales o mayores a mil 940 millones 178 mil 120 pesos para efectos del ISR

📈 Cuentan con acciones colocadas en el mercado bursátil

De igual forma, pueden presentarlo cuando sus ingresos acumulables superen los 157 millones 785 mil 270 pesos; si el valor de sus activos es superior a 124 millones 650 mil 380 pesos o al menos 300 de sus trabajadoras y trabajadores les prestaron servicios en cada mes del ejercicio declarado.

Disponible desde el 1 de abril en la siguiente liga: https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/dictamen-fiscal

14/04/2026

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‼️OJO‼️Prácticas fiscales indebidas...
05/02/2026

‼️OJO‼️Prácticas fiscales indebidas...

‼️Deducciones personales que pueden servir lata bajar la base de tu impuesto sobre la renta como persona física‼️🆘👨🏽‍💼👩🏽...
05/02/2026

‼️Deducciones personales que pueden servir lata bajar la base de tu impuesto sobre la renta como persona física‼️

🆘👨🏽‍💼👩🏽‍💼 Las deducciones personales son gastos que realizas durante el año y que puedes aplicar para reducir el impuesto a pagar en tu declaración anual.

🩺🏥🎓🏠 Pueden ser gastos médicos, dentales, hospitalarios, colegiaturas, intereses reales por créditos hipotecarios y aportaciones para el ahorro, entre otros.

Conoce qué gastos puedes deducir y cómo hacerlo.

Más información aquí: https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeduccionesPersonales/index.html

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