24/04/2023
Si eres Persona Física y tributaste en el Régimen Simplificado de Confianza en el Ejercicio 2022 y tus ingresos rebasaron los $3,500,000.00 anuales, la Declaración Anual de dicho ejercicio debe presentarse dentro del Régimen de "Persona Física Actividad Empresarial y Profesional".
De conformidad con la Regla 3.13.6 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2022 que establece:
Determinación del ISR cuando los contribuyentes dejen de tributar conforme al Régimen Simplificado de Confianza.
3.13.6. Para los efectos del artículo 113-E, párrafo tercero de la Ley del ISR, no serán aplicables a los contribuyentes las disposiciones del Régimen Simplificado de Confianza en el año de tributación en el que se dé cualquiera de los supuestos establecidos en el propio precepto.
En el mes en que se actualice cualquiera de estos supuestos los contribuyentes deberán presentar al mes siguiente las declaraciones complementarias de los meses anteriores del mismo ejercicio y realizar la determinación de sus pagos provisionales de conformidad con lo dispuesto en los artículos 106 y 116 de la Ley del ISR, según corresponda, pudiendo disminuir los pagos efectuados en los meses que aplicó las disposiciones del Régimen Simplificado de Confianza.
Recuerda que el plazo para la presentación de la Declaración Anual de Persona Física es hasta el 02 de mayo de 2023.