27/08/2026
EL ARTÍCULO DE LA NOCHE 🌙
LEY DEL ISR — ARTÍCULO 93
¿Todo lo que recibes en tu nómina paga ISR?
La respuesta es: no siempre.
En una nómina existen conceptos que pueden estar gravados, exentos o parcialmente exentos para efectos del ISR.
Por ejemplo:
* Sueldo: normalmente es un ingreso gravado.
* Aguinaldo, prima vacacional y PTU: pueden tener una parte exenta y otra gravada, de acuerdo con los límites establecidos por la Ley.
* Horas extra: en ciertos casos también pueden tener una parte exenta, siempre que se cumplan los requisitos legales.
Esto significa que no todo lo que recibes en tu recibo de nómina paga ISR de la misma manera.
Por eso es importante revisar tu CFDI de nómina y conocer qué conceptos forman parte de tus ingresos gravados y cuáles cuentan con alguna exención.
Recuerda: que un pago aparezca en tu nómina no significa automáticamente que todo ese importe deba pagar ISR.
Si tienes dudas sobre cómo se está calculando tu nómina o qué conceptos están gravados y exentos, puedo ayudarte a revisarlo y explicártelo de manera sencilla.
Belén Alcántara
Lic. en Contabilidad y Finanzas
Asesoría Fiscal | Contabilidad | Impuestos