16/07/2026
Ya no basta con tener la factura.
Desde este año el SAT puede tocar tu puerta sin previo aviso para comprobar que lo que facturaste realmente pasó. No están viendo si tu CFDI existe, están viendo si la operación existió. Y el margen de maniobra es corto: 5 días hábiles para ofrecer pruebas, 15 para que resuelvan, 24 como máximo total.
Si no logras acreditar la operación, ese CFDI pierde efectos fiscales, y con eso se te va la deducción y la utilidad real que creías tener. La diferencia entre pasar esta visita o no, no se define el día que llega el SAT. Se define en cómo documentaste, contrataste y pagaste desde el primer día.
Si tu contador solo te está cumpliendo con la factura, aquí es donde entramos nosotros.
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