Howard Morales H&M

Howard Morales H&M .

🔔 𝐑𝐄𝐍𝐓𝐀 𝐀𝐍𝐔𝐀𝐋 𝟐𝟎𝟐𝟓 – 𝐂𝐫𝐨𝐧𝐨𝐠𝐫𝐚𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐞𝐧𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐃𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐉𝐮𝐫𝐚𝐝𝐚 𝐀𝐧𝐮𝐚𝐥 🔔Mediante la Resolución de Superintendenc...
01/04/2026

🔔 𝐑𝐄𝐍𝐓𝐀 𝐀𝐍𝐔𝐀𝐋 𝟐𝟎𝟐𝟓 – 𝐂𝐫𝐨𝐧𝐨𝐠𝐫𝐚𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐩𝐫𝐞𝐬𝐞𝐧𝐭𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐃𝐞𝐜𝐥𝐚𝐫𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐉𝐮𝐫𝐚𝐝𝐚 𝐀𝐧𝐮𝐚𝐥 🔔

Mediante la Resolución de Superintendencia N.º 386-2025-SUNAT (publicada el 30.12.2025), se aprueba el cronograma de vencimientos (plazos máximos) para la presentación de las Declaraciones Juradas Anuales del ejercicio 2025 de personas naturales y jurídicas. 📅🧾

La norma establece dos grupos de contribuyentes:

🔹 1.er grupo: Deudores tributarios comprendidos dentro de los alcances de la Ley N.º 31940.
🔹 2.º grupo: Deudores tributarios no comprendidos dentro de los alcances de la Ley N.º 31940.

La Ley N.º 31940 es aplicable a:
✔ Personas naturales.
✔ Micro y pequeñas empresas (MYPE) del Régimen General del Impuesto a la Renta (IR) y del Régimen MYPE Tributario (RMT)
✔ Siempre que sus ingresos anuales no superen las 1,700 UIT. 📊💼

Para determinar el límite de ingresos, se consideran los ingresos anuales del ejercicio anterior al de la declaración. 📌

Quedan excluidas las micro y pequeñas empresas a las que se aplica la definición de grupo económico. ❌🏢

¡Inicia el cumplimiento oportuno de tus obligaciones tributarias! 🚀✅

📢 ¡Ya está disponible!       Desde hoy puedes presentar tu Declaración de Renta Anual 2025 – Persona Natural (Formulario...
31/03/2026

📢 ¡Ya está disponible!

Desde hoy puedes presentar tu Declaración de Renta Anual 2025 – Persona Natural (Formulario 709)

👉 Lo importante no es solo declarar…
👉 es hacerlo bien desde el inicio

📩 Escríbeme y te ayudo con tu declaración

🔔   - Cronograma de presentación de Declaración Anual 🔔Resolución de Superintendencia N° 386-2025-SUNAT (publicada el 30...
30/12/2025

🔔 - Cronograma de presentación de Declaración Anual 🔔

Resolución de Superintendencia N° 386-2025-SUNAT (publicada el 30.12.2025)

Publican cronograma (plazos máximos) para la presentación de declaraciones juradas anuales del ejercicio 2025 de personas naturales y jurídicas.

- 1er grupo: Los deudores tributarios comprendidos dentro de los
alcances de la Ley N° 31940

- 2do grupo: Los deudores tributarios NO comprendidos dentro de los alcances de la Ley N° 31940

La referida Ley N° 31940 se plica a las personas naturales y a las micro y pequeñas empresas (mype) del régimen general del impuesto a la renta (IR) y del régimen mype tributario cuyos ingresos anuales sean hasta 1,700 UIT.

-Para cuantificar el monto de los ingresos, se considera los ingresos anuales del año anterior al de la declaración.

- Quedan excluidas las micro y pequeñas empresas (mype) a las que se aplica la definición de grupo económico

Que comience la partida !!!




  publicó el 30.09.2025 la actualización de la relación de Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO). 14 contribuyentes se ...
02/10/2025

publicó el 30.09.2025 la actualización de la relación de Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO). 14 contribuyentes se suman a la primera lista de contribuyentes calificados como SSCO y que inicialmente eran 3. De estos nuevos 14 contribuyentes, 13 son de Lima y 1 de Sullana.

Recordemos que los efectos para los contribuyentes a los cuales se les atribuyó la condición de SSCO, son los siguientes:

- La baja de sus comprobantes de pago físicos.
- Solo podrán emitir en forma electrónica boletas de venta y notas de débito y crédito, mientras se mantenga la publicación en la página web de la SUNAT (4 años).
- Deberán pagar el IGV consignado en los comprobantes de pago o en las notas de débito, en donde figure como emisor, en tanto se hayan emitido hasta el día de la publicación.
- No podrán solicitar la libre disposición de los montos depositados en su cuenta de detracciones, los que serán considerados como ingreso por recaudación.
Mientras que los efectos para el comprador - cliente, que hayan adquirido bienes y/o servicios a los SSCO, son los siguientes:
- No podrán ejercer el derecho al crédito fiscal o cualquier otro derecho o beneficio derivado del IGV vinculado a las adquisiciones efectuadas a los SSCO.
- No podrán sustentar costo o gasto para efectos del Impuesto a la Renta respecto de las adquisiciones efectuadas a los SSCO.
El dato: Excepcionalmente, los contribuyentes que hayan adquirido bienes y/o servicios a estos contribuyentes calificados como SSCO entre el 20.03.2022 hasta el día en que publicó dicha calificación, tienen un plazo de 30 días hábiles a fin de solicitar a SUNAT la revisión "fiscalización" de todos los comprobantes de pago que les hayan emitido dichos SSCO; de lo contrario dichas operaciones no sustentarán costo o gasto para efectos del Impuesto a la Renta ni otorgarán derecho al crédito fiscal del IGV.

Recuerden que ya desde este año SUNAT ha desplegado campañas masivas de verificación y/o fiscalización por lo que es importante extremar el sustento documentario de los costos y gastos y, en la medida de lo posible, al menos a sus proveedores principales, deben solicitarles que acrediten que tienen los recursos suficientes para realizar las operaciones comerciales que les facturan (tener infraestructura, activos, trabajadores, etc.).

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR AL INICIO DE LA RELACIÓN LABORAL👨🏻‍💻👉🏻 Es importante que un   tenga claro las obligaciones qu...
12/08/2025

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR AL INICIO DE LA RELACIÓN LABORAL

👨🏻‍💻👉🏻 Es importante que un tenga claro las obligaciones que debe tener cada trabajador cuando empieza a trabajar en la empresa.

🚨 Si tu no te pone en planilla, esta cometiendo una infracción laboral, tal como se estipula en el articulo 25.20:
📄 No registrar , pensionistas, prestadores de servicios, personal contratado bajo modalidades formativas laborales, personal de terceros o derechohabientes en las de pago o planillas electrónicas.

📌 ¿Cómo se contabiliza un fraccionamiento con SUNAT?Al aprobarse, la deuda original (4011, 4021, etc.) se elimina contab...
12/08/2025

📌 ¿Cómo se contabiliza un fraccionamiento con SUNAT?

Al aprobarse, la deuda original (4011, 4021, etc.) se elimina contablemente y se registra una nueva obligación en la cuenta 46 – Cuentas por pagar diversas.

En cada cuota pagada se debe diferenciar:

Capital (reduce la cuenta 46),

Intereses (gasto financiero),

Y posibles gastos administrativos.

Una mala contabilización puede distorsionar tus EEFF y generar observaciones en auditoría.

📢𝗡𝗨𝗘𝗩𝗔 𝗣𝗥Ó𝗥𝗥𝗢𝗚𝗔 𝗗𝗘 𝗦𝗨𝗡𝗔𝗧 𝗦𝗢𝗕𝗥𝗘 𝗟𝗔 𝗚𝗨Í𝗔 𝗗𝗘 𝗥𝗘𝗠𝗜𝗦𝗜𝗢𝗡 𝗘𝗟𝗘𝗖𝗧𝗥𝗢𝗡𝗜𝗖𝗔 (𝗚𝗥𝗘)Mediante la Resolución N.º 000026-2025-SUNAT/700000,...
29/06/2025

📢𝗡𝗨𝗘𝗩𝗔 𝗣𝗥Ó𝗥𝗥𝗢𝗚𝗔 𝗗𝗘 𝗦𝗨𝗡𝗔𝗧 𝗦𝗢𝗕𝗥𝗘 𝗟𝗔 𝗚𝗨Í𝗔 𝗗𝗘 𝗥𝗘𝗠𝗜𝗦𝗜𝗢𝗡 𝗘𝗟𝗘𝗖𝗧𝗥𝗢𝗡𝗜𝗖𝗔 (𝗚𝗥𝗘)
Mediante la Resolución N.º 000026-2025-SUNAT/700000, publicada el 26 de junio de 2025 en El Peruano, la SUNAT ha decidido prorrogar la aplicación de la facultad discrecional en la no imposición de sanciones por infracciones vinculadas a la emisión de la Guía de Remisión Electrónica (GRE).

Esta medida aplica para las infracciones establecidas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Código Tributario, y tiene como objetivo brindar más tiempo a remitentes y transportistas para culminar con la implementación correcta de este sistema obligatorio.

📅 Nuevo periodo de gracia: del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026
✅ Durante este plazo, no se aplicarán sanciones ni multas administrativas, incluso si el incumplimiento es reiterado, siempre que se encuadre dentro de los supuestos del Anexo I de la resolución base (R.S. N.º 000052-2022-SUNAT/700000).
https://diariooficial.elperuano.pe/Normas/VisorPDF
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🚨¡𝗔𝗧𝗘𝗡𝗖𝗜Ó𝗡 𝗘𝗠𝗣𝗥𝗘𝗡𝗗𝗘𝗗𝗢𝗥𝗘𝗦 𝗬 𝗡𝗘𝗚𝗢𝗖𝗜𝗢𝗦! 🚨📦📲 𝗗𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗲𝗹 𝟭 𝗗𝗘 𝗝𝗨𝗟𝗜𝗢, 𝗹𝗮 𝗦𝗨𝗡𝗔𝗧 𝗲𝘅𝗶𝗴𝗲 𝗚𝗨Í𝗔𝗦 𝗗𝗘 𝗥𝗘𝗠𝗜𝗦𝗜Ó𝗡 𝗘𝗟𝗘𝗖𝗧𝗥Ó𝗡𝗜𝗖𝗔𝗦(𝗥𝗲𝘀𝗼𝗹𝘂𝗰𝗶ó𝗻 𝗡...
26/06/2025

🚨¡𝗔𝗧𝗘𝗡𝗖𝗜Ó𝗡 𝗘𝗠𝗣𝗥𝗘𝗡𝗗𝗘𝗗𝗢𝗥𝗘𝗦 𝗬 𝗡𝗘𝗚𝗢𝗖𝗜𝗢𝗦! 🚨
📦📲 𝗗𝗲𝘀𝗱𝗲 𝗲𝗹 𝟭 𝗗𝗘 𝗝𝗨𝗟𝗜𝗢, 𝗹𝗮 𝗦𝗨𝗡𝗔𝗧 𝗲𝘅𝗶𝗴𝗲 𝗚𝗨Í𝗔𝗦 𝗗𝗘 𝗥𝗘𝗠𝗜𝗦𝗜Ó𝗡 𝗘𝗟𝗘𝗖𝗧𝗥Ó𝗡𝗜𝗖𝗔𝗦
(𝗥𝗲𝘀𝗼𝗹𝘂𝗰𝗶ó𝗻 𝗡.º 𝟬𝟬𝟬𝟬𝟰𝟲-𝟮𝟬𝟮𝟰/𝗦𝗨𝗡𝗔𝗧)

¿Todavía usas guías físicas? ❌ ¡CUIDADO! Desde julio ya no serán válidas. Podrías recibir sanciones si no te adaptas a tiempo 😱

✅ 𝐅𝐢𝐧 𝐝𝐞𝐥 𝐩𝐞𝐫𝐢𝐨𝐝𝐨 𝐝𝐞 𝐠𝐫𝐚𝐜𝐢𝐚: 30 de junio 2025
✅ 𝗢𝗯𝗹𝗶𝗴𝗮𝘁𝗼𝗿𝗶𝗼 𝗱𝗲𝘀𝗱𝗲: 1 de julio 2025
📌 𝗣𝗿𝗼𝗱𝘂𝗰𝘁𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗻 𝗼𝗯𝗹𝗶𝗴𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗮𝗱𝗲𝗹𝗮𝗻𝘁𝗮𝗱𝗮: azúcar, alcohol etílico y arroz pilado.

Adiós 2024, gracias por las lecciones, los momentos y los recuerdos. Nos dejas con una sonrisa y la esperanza que el 202...
31/12/2024

Adiós 2024, gracias por las lecciones, los momentos y los recuerdos.

Nos dejas con una sonrisa y la esperanza que el 2025 será aún mejor.

¡Bienvenido nuevo año, lleno de nuevas oportunidades, sueños, prosperidad, abundancia y, sabiduría y desafíos por conquistar! 🌟✨

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31/12/2024

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A partir del 01/2025 la prima de seguros bajará a 1.37%
✨💫🤩

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