ROA consultores contratistas SAC

ROA consultores contratistas SAC Brindamos soluciones en Asesoría Contable, Tributaria, Laboral, Financiera, y ante la OSCE y el SEACE

👩‍🏫 𝗥𝗘𝗠𝗬𝗣𝗘 ✅ ¿Sabes qué es el registro de la Micro y Pequeña Empresa ( )? 📝 Es un registro en el que pueden inscribirse ...
31/05/2023

👩‍🏫 𝗥𝗘𝗠𝗬𝗣𝗘 ✅ ¿Sabes qué es el registro de la Micro y Pequeña Empresa ( )? 📝 Es un registro en el que pueden inscribirse las micro y ( ) para acceder a los beneficios de la Ley MYPE.
🔴 Pueden entrar en REMYPE las micro y pequeñas empresas constituidas por personas naturales o jurídicas dedicadas a actividades como extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios. Asimismo, deben tener como mínimo un trabajador.
⚠ No pueden acceder a este registro empresas del rubro de bares, discotecas, casinos y juegos de azar.
🧑‍💻 Requisitos
Puedes realizar el registro de micro o pequeña empresa online. Para esto, necesitas tener el RUC, usuario y Clave SOL de la micro o pequeña empresa.
🕵 Importante
Si tu negocio no supera las 150 UIT en ventas anuales, es una . Si las ventas anuales están entre las 150 y 1700 UIT, es una pequeña empresa.
📝 Al formalizar tu micro o pequeña en el REMYPE puedes acceder a un especial en el que se reducen los costos . Con ello lograrás:
➡ Mayor competitividad
➡ Mayor productividad
➡ Mayor rentabilidad
➡Rapidez en el financiamiento
➡ Permitirá tu acceso a los mercados internos y externos, ampliando tu .
➡ Obtendrás beneficios laborales y
⭕ 𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐮 𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐭𝐮𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐚

👩‍🏫 Sᴜᴇʟᴅᴏ ʙʀᴜᴛᴏ ᴠᴇʀsᴜs sᴜᴇʟᴅᴏ ɴᴇᴛᴏ ⚠ Es frecuente que cuando se informa sobre el monto del   que se pretende percibir p...
31/05/2023

👩‍🏫 Sᴜᴇʟᴅᴏ ʙʀᴜᴛᴏ ᴠᴇʀsᴜs sᴜᴇʟᴅᴏ ɴᴇᴛᴏ ⚠ Es frecuente que cuando se informa sobre el monto del que se pretende percibir por determinado no se especifique si se trata del neto o bruto, haciendo que se reciban sorpresas al momento de cobrar el primer sueldo.
✅ Por ello es importante conocer las diferencias entre estos dos términos:
👉 El se trata del dinero que recibe un por el trabajo que desempeña en la empresa, el cual se encuentra sujeto a retenciones que serán descontadas, obteniendo como resultado el .
🔴 Por tanto, el sueldo bruto es la suma de todos los importes que percibe un trabajador, es decir, el salario base más complementos salariales tales como asignación familiar, horas extras, entre otros
🟥 A la suma de estos conceptos se debe descontar tanto la aportación a la seguridad social como el Impuesto a la Renta, y demás descuentos dispuestos en la ley para obtener el salario neto.
🕵 Es fundamental saber cuáles son las retenciones y cotizaciones que se aplicarán mensualmente a tu sueldo para calcular con acierto el monto que recibirás.
⭕ 𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐮 𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐭𝐮𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐚

💰 𝐈𝐌𝐏𝐔𝐄𝐒𝐓𝐎 𝐀 𝐋𝐀 𝐑𝐄𝐍𝐓𝐀 𝐃𝐄 𝐏𝐄𝐑𝐒𝐎𝐍𝐀𝐒 💰 El   es un   que se determina anualmente, tiene vigencia del 01 de enero al 31 de di...
30/05/2023

💰 𝐈𝐌𝐏𝐔𝐄𝐒𝐓𝐎 𝐀 𝐋𝐀 𝐑𝐄𝐍𝐓𝐀 𝐃𝐄 𝐏𝐄𝐑𝐒𝐎𝐍𝐀𝐒 💰 El es un que se determina anualmente, tiene vigencia del 01 de enero al 31 de diciembre.
🕵 Si eres persona natural el impuesto se aplica a los ingresos que provienen del u otro tipo de cesión de bienes muebles o inmuebles, acciones u otros valores mobiliarios. También del trabajo realizado de forma dependiente o independiente, siempre que no realices actividad empresarial.
📄 ¿Cuáles son los tipos de que puedes generar, si eres una persona natural que no realiza actividad empresarial?:
👉 Rentas de - Primera Categoría: generadas por el arrendamiento, subarrendamiento o cualquier tipo de cesión de bienes muebles o inmuebles. El pago debes hacerlo tú mismo y corresponde al 6.25% sobre la renta neta (equivalente al 5% sobre la renta bruta).
👉 Rentas de Capital - Segunda Categoría: corresponde a venta de acciones o valores mobiliarios, intereses por colocación de capitales, regalías, patentes, rentas vitalicias, derechos de llave y otros.
👉 Rentas del Trabajo (Cuarta y/o Quinta categoría) y Renta de Fuente Extranjera: si eres trabajador independiente o dependiente y tu ingreso anual es superior a 7 UIT, deberás pagar impuesto a la renta.
✅ Las rentas de Cuarta Categoría: corresponden a servicios prestados de manera independiente de cualquier profesión, ciencia, arte u oficio. También, están aquí los trabajadores del Estado con contrato CAS, los directores, consejeros regionales y regidores municipales. Si estos ingresos se complementan con actividades empresariales o viceversa, el total de la renta que se obtenga se considerará como renta de Tercera Categoría es decir una renta empresarial.
✅ Rentas de quinta categoría: son los ingresos obtenidos por el trabajo personal prestado en relación de dependencia (planilla), incluidos cargos públicos, tales como sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales.
🌎 Rentas de Fuente Extranjera: provienen de una fuente ubicada fuera del territorio nacional. No se categorizan y se consideran para efectos del Impuesto, siempre que se hayan percibido. Por ejemplo, la renta obtenida por alquilar un inmueble en el extranjero, los intereses obtenidos por certificados de depósitos bancarios de entidades financieras del exterior, la renta obtenida por prestar servicios en el exterior, entre otras.
📝 El impuesto se aplicará con tasas progresivas acumulativas de 8%, 14%, 17%, 20% y 30%. Es decir, a mayor ingreso en el año, se pagará más.
⭕ 𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐮 𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐭𝐮𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐚

🕵𝐏𝐀𝐆𝐎 𝐀 𝐂𝐔𝐄𝐍𝐓𝐀 (𝐑𝐆) ✍️ ¿Sabes calcular el pago mensual del   en el RG? En el   se realizan pagos mensuales del impuesto ...
30/05/2023

🕵𝐏𝐀𝐆𝐎 𝐀 𝐂𝐔𝐄𝐍𝐓𝐀 (𝐑𝐆) ✍️ ¿Sabes calcular el pago mensual del en el RG? En el se realizan pagos mensuales del impuesto a la renta, estos se consideran a cuenta del impuesto anual que te corresponde pagar.
📝 Pasos
Para determinar los pagos a cuenta mensuales debes seguir los siguientes pasos:
✅ a) Determinar el coeficiente que se aplicará a los ingresos del mes:
El coeficiente es la cifra que se multiplica a los ingresos netos del mes y para obtener el coeficiente se debe dividir:
Impuesto calculado del año anterior / Ingresos netos del año anterior
El coeficiente resultante se redondea considerando 4 decimales.
🔴 DATO 🔴
Respecto de los períodos de enero y febrero la división se realiza de la siguiente manera:
Impuesto calculado del año precedente al anterior /Ingresos netos del año precedente al anterior
El coeficiente resultante se redondea considerando 4 decimales.
⚠ De no existir impuesto calculado el año anterior, ni del precedente al anterior, para determinar el monto de pago mensual se debe aplicar el 1.5% a los ingresos netos obtenidos en el mes.
✅ b) Determinar la cuota con la aplicación del coeficiente determinado en a):
Una vez determinado el coeficiente, este se aplica a los ingresos netos del mes:
Ingresos Netos x Coeficiente calculado = Cuota A)
✅ c) Compara las cuotas:
La Cuota A) determinada, se compara con la cuota resultante de la siguiente operación:
Ingresos del mes x 1.5%
De la comparación de ambas se elige la mayor, dicho monto es el pago a cuenta mensual determinado.
👩‍💻 Observa los detalles en la gráfica ⬇ ⬇
⭕ 𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐮 𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐭𝐮𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐚

👨‍⚖𝗜𝗡𝗙𝗥𝗔𝗖𝗖𝗜𝗢𝗡 𝗩𝗦 𝗗𝗘𝗟𝗜𝗧𝗢 𝗧𝗥𝗜𝗕𝗨𝗧𝗔𝗥𝗜𝗢 ❓¿Sabes cuál es la   entre   e  ? 👩‍🏫 La diferencia básica entre el     y la   se cen...
26/05/2023

👨‍⚖𝗜𝗡𝗙𝗥𝗔𝗖𝗖𝗜𝗢𝗡 𝗩𝗦 𝗗𝗘𝗟𝗜𝗧𝗢 𝗧𝗥𝗜𝗕𝗨𝗧𝗔𝗥𝗜𝗢 ❓¿Sabes cuál es la entre e ? 👩‍🏫 La diferencia básica entre el y la se centra en el grado de que alcanzan.
👉 Para que exista delito es necesario que exista la comisión de hechos que se califican como graves
👉 En la infracción se debe verificar la comisión de actuaciones que tratan de hechos ilícitos leves.
✅ Además, en el delito se exige la existencia de una conducta intencional y deliberadamente dirigida a cometer el hecho (dolo)
✅ A diferencia de los delitos tributarios la infracción tributaria, no requiere que exista voluntad o intencionalidad de cometerla para ser calificada como tal, es decir, no se toma en cuenta la culpabilidad para que se configure la misma, por lo que aun existiendo el error o el dolo, en ambas situaciones se configura la infracción.
🧑‍💻 Conoce los detalles en la gráfica ⬇⬇
⭕ 𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐮 𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐭𝐮𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐚.

26/05/2023

📝 𝐂𝐎𝐁𝐑𝐀𝐍𝐙𝐀 𝐂𝐎𝐀𝐂𝐓𝐈𝐕𝐀 📝 ¿Sabías qué? 📢 🧑‍🏫 𝗟𝗮 𝗱𝗲 𝘂𝗻𝗮 𝗱𝗲𝘂𝗱𝗮 𝗰𝗼𝗻 𝗹𝗮 es un procedimiento por el cual se te exige cumplir con que no has podido pagar.

👀 Solo tiene la finalidad del cobro de la deuda pendiente, además, es muy importante dejar en claro que se deben respetar los plazos y las garantías establecidas en la ley como el derecho a impugnar.

🚨🚨 La cobranza ocurre si la entidad te ha enviado documentos de , como órdenes de pago y resoluciones de determinación, y no has cancelado tu o dentro del plazo.

👉 👉🕵¡🅡🅔🅒🅤🅔🅡🅓🅐!
Para iniciar una cobranza coactiva, la SUNAT:
✅ Te notificará a través de una Resolución de Ejecución Coactiva (REC) a tu buzón electrónico.
✅ Tienes un plazo de 7 días hábiles para pagar la deuda pendiente.

🔴 Ten en cuenta
Si vence ese plazo, y no pagaste o fraccionaste esa deuda, un funcionario a cargo de la cobranza (ejecutor coactivo) puede registrarla en las Centrales de Riesgo y ordenar medidas de embargo con una Resolución Coactiva (RC)

🔔 La Es aquella que da lugar a las acciones de coerción para su cobranza.
📍 Artículo 115º del .

👩‍🏫 exigible y deuda exigible
En cuanto a los administrados por la , la es exigible a partir del día siguiente al vencimiento del plazo u oportunidad fijada para tal efecto, fecha a partir de la cual la deuda no pagada genera intereses moratorios.

👉 Se convierte en deuda exigible coactivamente cuando se presenta alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 115° del TUO del Código Tributario, lo que faculta a la Administración Tributaria a iniciar las acciones de coerción para su cobranza.

⭕ 𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐮 𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐭𝐮𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐚

🚨¡Autoridades nacionales! 🚨🤓Recuerden cumplir con la normativa de Contrataciones del Estado, ello contribuye en la reali...
25/05/2023

🚨¡Autoridades nacionales! 🚨
🤓Recuerden cumplir con la normativa de Contrataciones del Estado, ello contribuye en la realización eficiente, eficaz e íntegra de las compras públicas en beneficio de la ciudadanía. Aquí podrás revisar:
▶️El artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado para conocer más de los impedimentos para ser participante, postor o contratista https://www.gob.pe/o/135
▶️La infografía de esta publicación te permitirá conocer los impedimentos para contratar con el Estado 👉 https://bit.ly/3nRyJos

🧑‍🏫 𝐍𝐀𝐂𝐈𝐌𝐈𝐄𝐍𝐓𝐎 𝐈𝐆𝐕 📝La   es el vínculo entre el   y el deudor  , establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimien...
25/05/2023

🧑‍🏫 𝐍𝐀𝐂𝐈𝐌𝐈𝐄𝐍𝐓𝐎 𝐈𝐆𝐕 📝La es el vínculo entre el y el deudor , establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible coactivamente.
👩‍🏫 La obligación nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley, como generador de dicha obligación.
🟥 Nacimiento de la obligación tributaria - IGV
Es el momento en el que se genera la obligación de pagar el Impuesto General a las Ventas ( ) y se presenta en los siguientes casos:
👉 En la venta de bienes, sucede en:
La fecha de pago por parte del comprador.
La fecha en que se entrega el bien.
👉 En el retiro de bienes: en la fecha del retiro del bien.
👉 En la prestación de servicios, se da en:
La culminación del servicio.
La fecha en que se recibe el pago.
El vencimiento del plazo para el pago.
👉 En los contratos de construcción: en la fecha que se recibe el pago parcial o total.
👉 En la primera venta de bienes inmuebles: en la fecha que se recibe el pago parcial o total.
👉 En la importación: en la fecha en que se solicita su despacho a consumo.
✅ Observa los supuestos en la gráfica 👇👇
⭕𝐒𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐭𝐮 𝐜𝐢𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐞𝐬𝐩𝐞𝐜𝐢𝐚𝐥𝐢𝐬𝐭𝐚 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚𝐫 𝐭𝐮𝐬 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐥𝐭𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚 𝐩𝐫𝐢𝐯𝐚𝐝𝐚, dando clic aquí ⭕>>>

QUE ES UN PRACTICANTE¿Cuál es la diferencia entre práctica pre profesional y práctica profesionalEn el Perú existen la p...
25/05/2023

QUE ES UN PRACTICANTE
¿Cuál es la diferencia entre práctica pre profesional y práctica profesional
En el Perú existen la posibilidad de realizar prácticas pre profesional y las prácticas profesionales. Si aún no tienes claras sus diferencias, aquí detallaremos de qué trata cada una, además de sus condiciones laborales en el país.
Prácticas pre profesionales
Los practicantes pre profesionales, son estudiantes que son contratados por una empresa para que presten servicios, mientras estos continúan estudiando.
En las prácticas pre profesionales, se cuenta con el acuerdo de tres partes: el practicante, el centro de formación y la organización.
Condiciones laborales:
Su jornada de trabajo no deber ser mayor a 36 horas a la semana o seis horas diarias.
Tienen derecho a media subvención por cada 6 meses de servicios.
Pueden tener 15 días de descansos subvencionados.
Tienen derecho a un seguro de salud pagado por la empresa
Prácticas profesionales
Los practicantes profesionales son recién egresados de la carrera universitaria o técnica, y requieren realizar prácticas en una empresa para ejecutar lo aprendido.
La importancia de las prácticas es lograr involucrarse más a fondo en el mundo laboral dentro del sector de su interés.
Condiciones laborales:
Tienen derecho a una jornada máxima de 48 horas.
Deben tener una subvención no menor a la remuneración mínima vital, siempre que se cumpla con la jornada máxima de 48, para el caso de los practicantes.
El convenio de prácticas puede cesar en cualquier momento, a menos que la compañía tenga interés en contratarlo como empleado estable, después de su periodo de prueba.
Las prácticas son muy importantes para todo estudiante que está a punto de culminar la carrera, ya que podrá adquirir conocimientos, competencias y habilidades en situaciones reales de trabajo.

TELETRABAJORecientemente se publicó el reglamento de la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, D.S. N° 002-2023-TR. Si bien tan...
25/05/2023

TELETRABAJO
Recientemente se publicó el reglamento de la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, D.S. N° 002-2023-TR. Si bien tanto la Ley como el reglamento están vigentes, los empleadores tienen hasta 27 de abril para adecuarse a sus disposiciones
Sin embargo, el reglamento contempla, al igual que la Ley, la facultad del empleador de disponer el teletrabajo o su reversibilidad, anticipándolo al teletrabajador con 10 días hábiles. En este caso, el ejercicio de su facultad directriz debe considerar causas objetivas como las funciones del teletrabajador, la capacidad de supervisión y/o control del empleador, entre otras.
En cuanto a la provisión de equipos al teletrabajador, el reglamento señala que el empleador es quien los entrega y que estos deben ser empleados para fines laborales. Si hay un fallo técnico o de conectividad por caso fortuito o fuerza mayor, estos no son imputables al trabajador si este los reporta oportunamente.
El empleador también debe proporcionar el servicio de acceso a internet y asumir el costo del consumo de electricidad, permitiéndose que, si el trabajador los proporciona, se acuerde que no se pagará compensación por ello. Esta es la principal novedad reglamentaria frente al proyecto que fuera publicado meses atrás.
También se dispone que el empleador debe capacitar a trabajador sobre aplicativos y plataformas digitales que se utilicen para labor.
Asimismo, debe capacitarlo en materia de seguridad y salud en el trabajo, de manera adecuada a la modalidad de teletrabajo. Lo mismo sobre hostigamiento sexual en el marco del teletrabajo.
Para que el accidente que padezca el teletrabajador califique como de trabajo, el trabajador debe demostrar que la lesión se produjo en el lugar de trabajo, en horario de trabajo y con las herramientas de trabajo utilizadas para laborar. La investigación se realiza con la participación del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del supervisor a fin de evaluar si califica como accidente de trabajo.
Adicionalmente, el reglamento incorpora infracciones al reglamento de la ley de inspección del trabajo relacionadas con el teletrabajo, como no respetar la intimidad, privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados del ámbito personal o familiar del teletrabajador, sin su consentimiento, salvo las excepciones previstas por la normativa vigente, no respetar el derecho a la desconexión digital, entre otros.
Derecho a la intimidad, privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones:
El empleador se encuentra impedido de: - Acceder, por medios digitales, a los documentos y comunicaciones originados con motivo del trabajo o de otra índole, sin previa autorización del teletrabajador.
Realizar captaciones y/o grabaciones de la imagen o la voz del teletrabajador, sin consentimiento previo y expreso de este último, y solicitar se realicen estas. No es exigible el consentimiento del teletrabajador cuando la captación o grabación de la imagen o la voz es requerida por la naturaleza de sus funciones.
- c) Ingresar al lugar donde se realiza el teletrabajo, sin previa autorización del teletrabajador. Ello no restringe la facultad del empleador de verificar bajo cualquier medio presencial y/o digital, el cumplimiento de los acuerdos para realizar el teletrabajo.
- d) Implementar cualquier otro mecanismo de coordinación, control y/o supervisión que afecte la intimidad, privacidad e inviolabilidad de las comunicaciones y documentos privados del teletrabajador.
Voluntariedad y reversibilidad del teletrabajo
- La variación de la modalidad presencial a teletrabajo y viceversa de un trabajador es voluntaria y debe ser producto de un acuerdo entre las partes.
- El teletrabajo puede formar parte de la descripción inicial del puesto de trabajo o puede acordarse posteriormente
- El cambio de modalidad presencial a teletrabajo o viceversa, en ningún caso, implica una afectación a la dignidad del teletrabajador.
Beneficio más favorable
En caso que existan o se establezcan disposiciones sobre el teletrabajo similares a las reguladas por el reglamento, por decisión del empleador, convenio colectivo o cualquier otra fuente, se aplican las que resulten más favorables para el trabajador.
Trabajadores pertenecientes a la población vulnerable y otros
- La aplicación preferente del teletrabajo puede ser solicitada por los trabajadores en situación de discapacidad, gestante y en período de lactancia, además, del personal responsable del cuidado de niños, de personas adultas mayores, de personas con discapacidad, de personas pertenecientes a grupos de riesgo por factores clínicos y enfermedades preexistentes o con familiares directos que se encuentren con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave.
- El empleador brinda las facilidades de acceso a la modalidad del teletrabajo al trabajador que se le otorgaron medidas de protección en el marco de la Ley No. 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.
- La realización preferente del teletrabajo a que se refiere el artículo 16 de la Ley no habilita al empleador a variar de manera unilateral la modalidad de la prestación de labores de forma presencial a teletrabajo.
Compensación de gastos
Cuando por acuerdo, el teletrabajador provea equipos, el servicio de acceso a internet y/o consumo de energía eléctrica, estos son compensados por el empleador privado, salvo pacto en contrario

24/05/2023

Dirección

Avenida MARISCAL CACERES 549/BARRIO MAGDALENA
Ayacucho
066

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 18:00
Martes 09:00 - 18:00
Viernes 09:00 - 18:00

Teléfono

+51999087092

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando ROA consultores contratistas SAC publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a ROA consultores contratistas SAC:

Compartir