31/10/2025
🚨 SUNAT actualiza la lista de Sujetos Sin Capacidad Operativa – 31 de octubre de 2025
En esta nueva publicación, la SUNAT amplía la relación de contribuyentes identificados como Sujetos Sin Capacidad Operativa (SSCO), conforme al Decreto Legislativo N.º 1532.
Este listado busca frenar la emisión de comprobantes de pago sin sustento real y reforzar el control sobre operaciones simuladas. Sin embargo, también está generando preocupación entre empresas que, sin haber actuado de mala fe, contrataron con proveedores observados. ⚖️
🔎 Efectos tributarios clave:
➡️ Si tu proveedor figura como SSCO:
Se le da de baja sus series de comprobantes físicos.
Solo puede emitir boletas de venta y notas de crédito/débito vinculadas.
➡️ Para tu empresa:
No podrás usar el IGV como crédito fiscal.
Tampoco podrás reconocer el costo o gasto para Impuesto a la Renta.
📌 Reflexión práctica:
Durante los últimos meses, la SUNAT ha venido induciendo a contribuyentes a regularizar operaciones con proveedores sin capacidad operativa, incluso sin mencionar expresamente el D. L. N.º 1532. Esto demuestra que la fiscalización ya no solo busca sancionar, sino también prevenir el uso de facturas sin respaldo real.
💡 Recomendación:
Antes de contratar o adquirir bienes y servicios, verifica siempre el estado de tu proveedor en la lista de SSCO. Una simple revisión puede evitarte reparos, multas y contingencias tributarias innecesarias.
🔗 Consulta la lista actualizada aquí:
https://www.sunat.gob.pe/padronesnotificaciones/sujeSinCapacidadOperativa.html?fbclid=IwY2xjawNxnQZleHRuA2FlbQIxMABicmlkETE1dzdKTHRvNkE1M2p6VkE2AR6rdBGC0yF-9EFJSgZHUu5qXtsL6-rgcHnDUaxwiyOsE6PGShc4XuD4nEEHqg_aem_IGVTno3N7MCY1TUisftT-g
Conforme al artículo 7 del Decreto Legislativo N.º 1532, que regula el procedimiento de atribución de la condición de Sujetos sin Capacidad Operativa (SSCO), y el artículo 9 del Decreto Supremo N.º 319-2023-EF, que aprueba su reglamento, se cumple con publicar en la Página Web de la SUNAT y e...