05/07/2026
OTRO IMPORTANTE CONSEJO CONTABLE
Estos son los detalles:
✅ 1. Contribuyentes que ya estaban obligados al SIRE hasta mayo de 2026
Si tu plazo para regularizar el envío del RVIE y RCE vencía el 30 de junio de 2026, ahora podrás subsanar los periodos junio y julio de 2026 hasta el 31 de agosto de 2026, sin la aplicación de la sanción correspondiente, siempre que cumplas con las condiciones establecidas por SUNAT.
✅ 2. Empresas constituidas desde el 1 de junio de 2026
Las empresas creadas a partir del 01/06/2026, cuya obligación de presentar el RVIE y RCE nace de manera inmediata, podrán regularizar los periodos junio y julio de 2026 hasta el 31 de agosto de 2026.
✅ 3. Empresas constituidas entre el 1 de marzo y el 31 de mayo de 2026
Aunque su obligación de utilizar el SIRE iniciaba con el periodo junio de 2026, también podrán regularizar los periodos junio y julio de 2026 hasta el 31 de agosto de 2026.
Esta ampliación no alcanza a los PRICOS (Principales Contribuyentes) con ingresos superiores a 2,300 UIT, ya que la norma no los incluye expresamente.
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