20/10/2025
🔴ÚLTIMO MINUTO|| 💰 Polémica iniciativa en el Congreso:
Proponen que los pagos por extorsiones puedan deducirse del Impuesto a la Renta, siempre que se presenten mediante una declaración jurada. La medida busca visibilizar la magnitud del problema, pero ha generado fuertes críticas por su posible normalización del delito.
El texto precisa que las víctimas deberán presentar una declaración jurada con huella digital, firma legalizada y medios probatorios. La Sunat fiscalizará los casos y podrá denunciar penalmente a quienes presenten información falsa.
La iniciativa propone modificar el literal d) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, con el fin de “proteger la vida y seguridad de las personas afectadas por este delito”.
❓ ¿Cómo funcionaría esta deducción?
La norma permitiría que “las pérdidas extraordinarias originadas por delitos de extorsión cometidos en perjuicio del contribuyente” sean deducibles, siempre que el afectado presente:
🖋️ Una declaración jurada con firma legalizada y huella digital.
📁 Los medios probatorios que acrediten la extorsión.
🔎 Fiscalización y sanciones
Si la SUNAT detecta información falsa, su Procurador Público podrá presentar una denuncia penal ante el Ministerio Público.
⚙️ Además, la SUNAT podrá emitir el reglamento necesario para implementar la ley de forma efectiva.
💬 ¿Qué opinas de esta propuesta?