D&T Asesoría Contable Tributaria

D&T Asesoría Contable Tributaria Somos una empresa que brinda servicios de asesoría contable, tributaria, laboral, financiera y control de gestión.

07/10/2025
♦️A tener en cuenta:♦️Desde el 1° de marzo las notificaciones electrónicas que reciban los contribuyentes serán consider...
28/02/2023

♦️A tener en cuenta:
♦️Desde el 1° de marzo las notificaciones electrónicas que reciban los contribuyentes serán consideradas efectuadas (válidas) en la fecha en que sean comunicadas, por eso será muy importante ingresar a su buzón electrónico para revisar todos los mensajes remitidos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

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Notificaciones electronicas seran validas desde la fecha en que se remitan a los obligados

♦️A tener en cuenta:♦️Desde el 1° de marzo las notificaciones electrónicas que reciban los contribuyentes serán consider...
24/02/2023

♦️A tener en cuenta:
♦️Desde el 1° de marzo las notificaciones electrónicas que reciban los contribuyentes serán consideradas efectuadas (válidas) en la fecha en que sean comunicadas, por eso será muy importante ingresar a su buzón electrónico para revisar todos los mensajes remitidos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

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Elaborado por Staff de Contadores & Empresas[1]: Conforme a lo indicado en el artículo 3

Declaración Anual de Operaciones con Terceros - DAOT♦️¿Qué es la DAOT?Es una declaración anual de categoría informativa ...
15/02/2023

Declaración Anual de Operaciones con Terceros - DAOT
♦️¿Qué es la DAOT?
Es una declaración anual de categoría informativa que cada año las empresas y entidades tienen la obligación de presentar informando las operaciones que efectúan - proveedores y clientes.

♦️Sujetos obligados a presentar la . Bajo 3 supuestos:
1.Empresas que al 31 de diciembre hayan obtenido la categoría de Principales Contribuyentes - .
2.Que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2022. Siempre que el monto de sus ventas internas y/o adquisiciones internas de bienes y servicios o contratos de construcción hayan sido mayor a 75 UIT en dicho ejercicio.
3.Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realicen sólo operaciones inafectas del IGV en el 2022, cuyo número de trabajadores deben ser declarados en el PDT - PLAME, correspondiente al periodo noviembre 2022 sea superior a diez (10).

♦️Operaciones a Informar - DAOT - PDT 3500
Las obligadas declaran a sus clientes y proveedores uno por uno, cuyas operaciones sean mayores a 2 UIT, entendiéndose que las operaciones menores a 2 UIT no se declaran.

♦️Aspectos a tener en cuenta:
Puede ocurrir que una empresa esté obligada a presentar la DAOT SUNAT porque supera las 75 UIT en ventas anuales y/o compras anuales, pero las operaciones con sus clientes y/o proveedores no supere las 2 UIT. En este caso, no está obligado a presentar la DAOT, solamente deberá informar mediante Operaciones en Línea en SUNAT Virtual, dentro del mismo cronograma de vencimientos, generando una “Constancia de no tener información a declarar”.

📝Si una empresa ha presentado sus libros de compras y ventas en formato electrónicos, solamente deberá presentar la “Constancia de no tener información a declarar”.

📝En el caso de no haber presentado la DAOT dentro del plazo establecido dará origen a una infracción tributaria, tipificada en el numeral 2 del artículo 176 del código ; sin embargo, si la infracción se subsana antes de cualquier comunicado de la SUNAT, entonces la gradualidad será del 100%.
Si las ventas superan las 75 UIT, peros las compras no, o viceversa, en ese caso la empresa sí está obligada a presentar la DAOT.

📝En el caso que se haya hecho la declaración a la Administración Tributaria sin tener la obligación, en ese caso no habrá multa ni sanción, pues no está tipificada dicha infracción en el código tributario.

♦️De acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 036-2016/ se estableció que todas las declaraciones de la DAOT sería desde el primer día hábil del mes de marzo, empezando con el dígito 0 como último número de RUC, correspondiente a miércoles 01 de marzo 2023.
Para más detalle revisar el siguiente link.
https://acortar.link/H18z07

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25/12/2022
22/12/2022

No hay más prórroga, modifican el plazo de envío de la factura electrónica y la nota electrónica.

A partir del 01/01/2023. La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Mediante R. Superintendencia N° 117-2022/SUNAT, se establece que a partir del 01 de enero del 2023, los plazos para enviar tus Facturas Electrónicas y Notas Electrónicas se reducen a 1 día calendario, a partir del 1 de enero de 2023, el emisor deberá enviar la factura o la nota electrónica vinculada a la misma, hasta el día calendario siguiente a la fecha de emisión.

Asimismo, se debe tener presente que, los documentos electrónicos enviados fuera del plazo establecido no tendrán la calidad de factura y de nota electrónica, aún cuando hubieran sido entregados al adquiriente o usuario.

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22/12/2022

INTERNAMIENTO DE VEHÍCULOS Y COMISO DE BIENES: EXPEDIENTE ELECTRÓNICO DE CONTROL MÓVIL

Compartimos con Uds. una infografía donde se desarrollan los principales aspectos de la Resolución de Superintendencia N° 260-2022/SUNAT, norma que incorpora a los expedientes de control móvil al SIEV.

El aumentar la tasa de interés de referencia, implica que las entidades del sistema financiero eleven las tasas de inter...
07/12/2022

El aumentar la tasa de interés de referencia, implica que las entidades del sistema financiero eleven las tasas de interés que aplican para los préstamos que hacen. Es decir que los préstamos costarán más.

Somos una empresa que brinda servicios de asesoría contable, tributaria, laboral, financiera y control de gestión.
Te brindamos la asesoría necesaria para que tu negocio pueda crecer, controlar tus finanzas, y aumentar tu rentabilidad.
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