15/02/2023
Declaración Anual de Operaciones con Terceros - DAOT
♦️¿Qué es la DAOT?
Es una declaración anual de categoría informativa que cada año las empresas y entidades tienen la obligación de presentar informando las operaciones que efectúan - proveedores y clientes.
♦️Sujetos obligados a presentar la . Bajo 3 supuestos:
1.Empresas que al 31 de diciembre hayan obtenido la categoría de Principales Contribuyentes - .
2.Que estén obligados a presentar por lo menos una declaración mensual del IGV durante el ejercicio 2022. Siempre que el monto de sus ventas internas y/o adquisiciones internas de bienes y servicios o contratos de construcción hayan sido mayor a 75 UIT en dicho ejercicio.
3.Las asociaciones sin fines de lucro, instituciones educativas o entidades religiosas que realicen sólo operaciones inafectas del IGV en el 2022, cuyo número de trabajadores deben ser declarados en el PDT - PLAME, correspondiente al periodo noviembre 2022 sea superior a diez (10).
♦️Operaciones a Informar - DAOT - PDT 3500
Las obligadas declaran a sus clientes y proveedores uno por uno, cuyas operaciones sean mayores a 2 UIT, entendiéndose que las operaciones menores a 2 UIT no se declaran.
♦️Aspectos a tener en cuenta:
Puede ocurrir que una empresa esté obligada a presentar la DAOT SUNAT porque supera las 75 UIT en ventas anuales y/o compras anuales, pero las operaciones con sus clientes y/o proveedores no supere las 2 UIT. En este caso, no está obligado a presentar la DAOT, solamente deberá informar mediante Operaciones en Línea en SUNAT Virtual, dentro del mismo cronograma de vencimientos, generando una “Constancia de no tener información a declarar”.
📝Si una empresa ha presentado sus libros de compras y ventas en formato electrónicos, solamente deberá presentar la “Constancia de no tener información a declarar”.
📝En el caso de no haber presentado la DAOT dentro del plazo establecido dará origen a una infracción tributaria, tipificada en el numeral 2 del artículo 176 del código ; sin embargo, si la infracción se subsana antes de cualquier comunicado de la SUNAT, entonces la gradualidad será del 100%.
Si las ventas superan las 75 UIT, peros las compras no, o viceversa, en ese caso la empresa sí está obligada a presentar la DAOT.
📝En el caso que se haya hecho la declaración a la Administración Tributaria sin tener la obligación, en ese caso no habrá multa ni sanción, pues no está tipificada dicha infracción en el código tributario.
♦️De acuerdo a la Resolución de Superintendencia N° 036-2016/ se estableció que todas las declaraciones de la DAOT sería desde el primer día hábil del mes de marzo, empezando con el dígito 0 como último número de RUC, correspondiente a miércoles 01 de marzo 2023.
Para más detalle revisar el siguiente link.
https://acortar.link/H18z07
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