08/04/2022
🛑Aprueban nuevas versiones de los Programas de Declaración Telemática Planilla Electrónica - PLAME Formulario Virtual N° 601 y del Impuesto Selectivo al Consumo - Formulario Virtual N° 615.
Nuevos formularios virtuales se actualizan como consecuencia del incremento de la RMV y la exclusión de algunas partidas arancelarias del Nuevo Apéndice III de la Ley del IGV e ISC.
Las nuevas versiones del PDT PLAME Formulario Virtual N° 0601 y PDT ISC-Formulario Virtual N° 615, están disponibles en el portal de la SUNAT a partir del 01.06.2022 y 01.05.2022, respectivamente.
Resolución de Superintendencia N° 000059-2022/SUNAT
Fecha de publicación: 07.04.2022
Fecha de vigencia: 08.04.2022
Con fecha 07 de abril de 2022, se ha publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Superintendencia N° 000059-2022/SUNAT, mediante la cual se aprueban nuevas versiones de los Programas de Declaración Telemática Planilla Electrónica - PLAME Formulario Virtual N° 601 y del Impuesto Selectivo al Consumo - Formulario Virtual N° 615.
Al respecto, se aprueba el PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N° 0601 – Versión 4.1, a ser utilizado por:
a) Los sujetos a que se refiere el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2011/SUNAT obligados a cumplir con la presentación de la PLAME y la declaración de los conceptos referidos en los incisos del b) al m), o), p), r) y s) del artículo 7 de la mencionada resolución, a partir del periodo mayo de 2022.
b) Aquellos sujetos que se encuentren omisos a la presentación de la PLAME y a la declaración de los conceptos del b) al m) y del o) al s) del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2011/SUNAT, por los periodos tributarios de noviembre de 2011 a abril de 2022, o deseen rectificar la información correspondiente a dichos periodos.
El PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N° 0601 - Versión 4.1, estará a disposición de los interesados, en el portal de la SUNAT en la internet, cuya dirección electrónica es: http://www.sunat.gob.pe, a partir del 1 de junio de 2022, siendo de uso obligatorio a partir de dicha fecha, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.
Asimismo, se aprueba la versión 5.4 del PDT ISC - Formulario Virtual N° 615.
La versión 5.4 del PDT ISC - Formulario Virtual N° 615 estará a disposición de los interesados, en el portal de la SUNAT en la internet, cuya dirección electrónica es: http://www.sunat.gob.pe, a partir del 1 de mayo de 2022, siendo de uso obligatorio a partir de dicha fecha, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o rectificatorias.
A continuación, compartimos el contenido de la Resolución de Superintendencia N° 000059-2022/SUNAT.