01/12/2025
⚖️ ¿La prescripción tributaria ocurre automáticamente?
Muchos contribuyentes creen que su deuda con la SUNAT “se borra sola” con el tiempo… pero no es así.
📌 La prescripción sí existe, pero debe solicitarse formalmente. La SUNAT no la declara de oficio. Si no la invocas, la deuda sigue vigente y puede cobrarse coactivamente.
⏳ Plazos clave:
4 años: si presentaste tus declaraciones.
6 años: si NO las presentaste.
10 años: para agentes de retención o percepción que no pagaron lo retenido.
📝 Para solicitarla necesitas:
✔️ Presentar una solicitud firmada por ti o tu representante legal.
Orientación SUNAT
✔️ Indicar los tributos, períodos y los fundamentos legales.
Orientación SUNAT
🔍 En resumen: la prescripción NO opera sola. Si no la pides, la deuda no desaparece.