29/01/2026
DE CONTADORES
Visita mi Idcard: https://pvasquez.idcard.ws
Escríbenos: http://bit.ly/35athOY
LA DETRACCION DL 940 o DS 183-2004-SUNAT
El Sistema de Detracciones, también conocido como SPOT, es un mecanismo administrativo que consiste en la detracción (descuento) que efectúa el comprador o usuario de un bien o servicio afecto al sistema, de un porcentaje del importe a pagar por estas operaciones, para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una cuenta corriente a nombre del vendedor o prestador del servicio.
¿Cómo funciona?
1. El comprador o usuario retiene un porcentaje del pago total al proveedor.
2. El comprador deposita el monto retenido en la cuenta de detracciones del proveedor en el Banco de la Nación.
3. El proveedor utiliza los fondos en su cuenta de detracciones para pagar sus obligaciones tributarias.
¿Qué operaciones están sujetas al sistema de detracciones?
- Venta interna de bienes y prestación de servicios
- Servicio de transporte de bienes por vía terrestre
- Servicio de transporte público de pasajeros realizado por vía terrestre
- Operaciones sujetas al IVAP (Impuesto a la Venta de Arroz Pilado)
¿Qué porcentajes se aplican?
Los porcentajes de detracción varían según el tipo de bien o servicio, y pueden ser:
- 4% para recursos hidrobiológicos, maíz amarillo duro, madera, entre otros
- 10% para arrendamiento de bienes, movimiento de carga, comisión mercantil, entre otros
- 12% para intermediación laboral y tercerización, mantenimiento y reparación de bienes muebles, otros servicios empresariales, entre otros
¿ Cuáles son los requisitos para su aplicación ?:
- El monto de la operación sea mayor a S/ 700 (o su equivalente en dólares).
- El proveedor esté en la lista de sujetos obligados a abrir una cuenta de detracciones.
- El bien o servicio esté incluido en la lista de operaciones sujetas a detracción
¿ Cuales son los porcentajes y códigos de los servicios ?
- Intermediación laboral y tercerización: 12% (código 012)
- Arrendamiento de bienes: 10% (código 019)
- Mantenimiento y reparación de bienes muebles: 12% (código 020)
- Movimiento de carga: 10% (código 021)
- Otros servicios empresariales: 12% (código 022)
- Comisión mercantil: 10% (código 024)
- Fabricación de bienes por encargo: 10% (código 025)
- Servicio de transporte de personas: 10% (código 026)
- Servicio de transporte de carga: 4% (código 027)
- Contratos de construcción: 4% (código 030)
- Demás servicios gravados con el IGV: 12% (código 037)
Recuerda que estos porcentajes pueden variar, así que es importante verificar la versión más reciente de los anexos correspondientes.
Atentamente,